- Introducción
La Iniciativa de la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2026, presentada por el Poder Ejecutivo Federal ante el Congreso de la Unión, establece el marco jurídico y financiero para la recaudación de ingresos federales durante el próximo año fiscal. Este instrumento, articulado con los Criterios Generales de Política Económica 2026, define las fuentes de ingresos públicos, los montos esperados por concepto tributario, las medidas de recaudación, así como las reformas y disposiciones transitorias que impactan directamente en el sistema fiscal mexicano.
El objetivo principal es garantizar la estabilidad financiera del Estado, promover la equidad fiscal, fortalecer la recaudación sin incrementar la carga impositiva, y alinear las políticas tributarias con los principios de la Cuarta Transformación: transparencia, justicia social, eficiencia y responsabilidad fiscal.
- Proyecciones macroeconómicas y supuestos para 2026
La estimación de ingresos se basa en supuestos macroeconómicos clave, entre los que destacan:
- Producto Interno Bruto (PIB)
- Precio de la mezcla mexicana de petróleo
- Tipo de cambio promedio
- Inflación anual
- Producción de petróleo
Estructura de ingresos; Petroleros y No Petroleros
3.1 Ingresos petroleros
Los ingresos petroleros provienen principalmente de:
- Regímenes de asignaciones y contratos de exploración y extracción.
- Transferencias del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo (FMPED).
- Base prospectiva de producción de la Secretaría de Energía, que incluye perfiles de inversión y producción de petróleo y gas natural.
Estos ingresos se calculan a partir de información histórica del Sistema de Información para los Pagos de las Asignaciones y Contratos de Hidrocarburos del FMPED, considerando precios de comercialización, volúmenes de producción e inversiones recuperables.
3.2 Ingresos no petroleros
Representan la mayor parte de los ingresos fiscales y se dividen en:
| Categoría | Componentes |
| Ingresos Tributarios | ISR, IVA, IEPS, impuestos al comercio exterior, etc. |
| Aprovechamientos Federales | Derechos por uso de bienes públicos, servicios gubernamentales, etc. |
| Productos | Ingresos por venta de bienes, intereses, multas, etc. |
| Participaciones y Aportaciones | Transferencias de entidades paraestatales y otros órdenes de gobierno |
- Impuestos relevantes: ISR, IVA, IEPS y Comercio Exterior
4.1 Impuesto sobre la renta (ISR)
Medidas de repatriación de capitales
Una de las disposiciones más relevantes es el beneficio fiscal para la repatriación de capitales:
- Tasa preferencial del 15% sobre el monto total de recursos retornados al país.
- Aplica a personas físicas y morales que hayan mantenido recursos en el extranjero hasta el 8 de septiembre de 2025.
- Los recursos deben ser invertidos en actividades productivas por al menos tres años.
- Obligación de conservar documentación que acredite:
- Origen lícito de los recursos.
- Depósitos o inversiones en territorio nacional.
- Pago del ISR al 15%.
- Declaración de pago y comprobantes fiscales.
- Documentación debe conservarse 5 años desde la fecha del pago.
Esta medida busca incentivar la inversión productiva y aumentar la base gravable sin incrementar la tasa del ISR.
Obligaciones para Intermediarios
- Las instituciones de financiamiento colectivo deberán retener y enterar el ISR y el IVA correspondientes cuando actúen como intermediarias.
- Deben proporcionar información completa sobre sus clientes, incluyendo personas morales, residentes en el extranjero y enajenantes de bienes.
4.2 Impuesto al valor agregado (IVA)
Deducción de créditos incobrables para instituciones de crédito
- Se propone homologar el tratamiento fiscal de los créditos incobrables.
- Se eliminará el régimen especial establecido en el artículo 27 de la LISR para instituciones de crédito.
- Se aplicará el mismo tratamiento que al resto de los contribuyentes, es decir, la deducción de créditos incobrables se hará conforme a los principios generales de deducibilidad.
No deductibilidad de cuotas al FOBAPROA/IPAB para bancos
- Se propone una medida para fortalecer la base gravable de las instituciones financieras.
- Las tres cuartas partes (75%) de las cuotas pagadas al IPAB (Fondo de Protección al Ahorro) no serán deducibles para efectos del ISR.
Esta medida busca limitar las deducciones excesivas que podrían distorsionar la carga fiscal real del sector bancario.
Retención por plataformas digitales
Los residentes en el extranjero sin establecimiento en México, así como los residentes nacionales que proporcionen servicios digitales de intermediación, están obligados a retener el IVA cuando cobren el precio y el impuesto por cuenta de personas físicas.
Deben expedir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de Retenciones e Información de Pagos.
El SAT podrá emitir reglas de carácter general para determinar la información que deben recabar y proporcionar, incluyendo:
- Número de identificación fiscal.
- Banco receptor del pago.
- Lugar de residencia del cliente.
- Obligaciones para Grandes Eventos
Las sociedades que organicen competencias internacionales (ej. Copa Mundial) deben informar mensualmente al SAT sobre:
- Participantes (nombres, RFC, países de residencia).
- Lugares de eventos en México.
- Ingresos obtenidos.
- Deben retener y enterar el IVA e ISR correspondientes.
4.3 Impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS)
Se observa un menor dinamismo en la recaudación del IEPS, debido a la reducción en el consumo de:
- Bebidas alcohólicas.
- Bebidas energizantes.
- Ingresos por regularización de vehículos usados de procedencia extranjera:
- Se gravan con Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN) e IVA.
La recaudación disminuyó respecto a 2024 debido al menor número de vehículos regularizados.
4.4 Comercio exterior e impuestos al comercio exterior
- Derechos de Trámite Aduanero (DTA)
- Los ingresos por DTA provienen del pago que realizan particulares que prestan servicios de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados.
- Estos pagos incluyen IVA y se acreditan contra el DTA conforme al artículo 49 de la Ley Federal de Derechos (LFD).
- El SAT determinará mediante reglas los porcentajes que corresponden al DTA, a los particulares y al IVA.
- Representan el 8% del DTA total.
- Aranceles y Vigilancia Aduanera
Se menciona que la mayor vigilancia aduanera ha contribuido al aumento de ingresos por concepto arancelario.
También se destaca el efecto de la variación cambiaria, que eleva el valor en moneda nacional de las importaciones y, por ende, la base gravable de los impuestos al comercio exterior.
Tratamiento a países sin tratado comercial
Se aplican fracciones arancelarias más altas a países que no tienen tratado comercial con México, lo que fortalece la recaudación y protege la producción nacional.
- Transparencia, fiscalización y evaluación de la eficiencia recaudatoria
5.1 Renuncias recaudatorias (DRR)
El gobierno se compromete a presentar, a más tardar el 30 de junio de 2026, un informe sobre las renuncias recaudatorias del ejercicio.
El informe incluirá:
- Monto estimado de recursos no recaudados.
- Metodología utilizada.
- Sustento jurídico.
- Sectores beneficiados.
- Beneficios sociales y económicos asociados.
5.2 Estudio de ingreso-gasto por deciles
La SHCP deberá realizar un estudio de ingreso-gasto por decil de ingreso familiar, que muestre:
- Contribución de cada decil a los distintos impuestos (ISR, IVA, IEPS, etc.).
- Bienes y servicios públicos recibidos con recursos federales, estatales y municipales.
Participarán instituciones académicas y centros de investigación nacionales e internacionales.
5.3 Obligaciones de información para donatarias autorizadas
A más tardar el 30 de septiembre de 2026, se publicará un reporte con información detallada de las personas morales y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles, incluyendo:
- Ingresos por donativos (en efectivo y en especie, nacionales y extranjeros).
- Ingresos por arrendamiento, dividendos, regalías, intereses.
- Erogaciones por sueldos, salarios y gastos administrativos.
Se define que los gastos administrativos incluyen remuneraciones al personal directivo y operativo.
- Reformas y disposiciones transitorias relevantes
| Disposición | Impacto |
| Artículo 25, fracción VIII: Obligación de retención de ISR y IVA por instituciones de financiamiento colectivo | Fortalece la fiscalización de plataformas digitales y fintech |
| Transitorio sobre repatriación de capitales (tasa del 15% de ISR) | Incentiva inversión productiva y mejora recaudación |
| Artículo 26: Estudio de ingreso-gasto por decil | Promueve equidad fiscal y transparencia social |
| Artículo 31: Requisitos para iniciativas fiscales | Todas las propuestas deben incluir impacto presupuestal, recaudatorio, costo de fiscalización y estabilidad para las finanzas públicas |
| Artículo 28, apartado B: Definición de gastos administrativos en donatarias | Mayor transparencia en el uso de recursos deducibles |
- Aspectos clave en comercio exterior y fiscalización internacional
7.1 Cooperación Internacional y Transparencia
Se fortalece la obligación de que las plataformas digitales proporcionen información sobre residentes en el extranjero, incluso cuando no cobren directamente la contraprestación.
El SAT podrá emitir reglas para identificar:
- Número de identificación fiscal.
- Banco receptor.
- Jurisdicción de residencia.
Esto alinea a México con estándares internacionales de transparencia fiscal (OCDE, GAFI).
7.2 Regularización de vehículos usados
Los vehículos usados de procedencia extranjera que ingresen al país deben pagar:
- ISAN (Impuesto sobre Automóviles Nuevos).
Esta medida busca evitar la evasión fiscal y proteger el mercado nacional.
- Conclusiones y análisis final
La Iniciativa de la Ley de Ingresos 2026 refleja una estrategia fiscal equilibrada, que prioriza la recaudación eficiente, la transparencia y la justicia social, sin recurrir a aumentos directos de impuestos. En lugar de ello, se enfoca en:
- Ampliar la base gravable mediante medidas como la repatriación de capitales.
- Fortalecer la fiscalización digital y de plataformas de intermediación.
- Mejorar la transparencia en donatarias y en el uso de beneficios fiscales.
- Proteger el mercado interno mediante aranceles selectivos y control aduanero.
En materia de comercio exterior, destaca:
- El papel del DTA como fuente de ingresos.
- El impacto de la vigilancia aduanera y la variación cambiaria en la recaudación.
La aplicación de tratamientos diferenciados según el régimen comercial con otros países.
En cuanto a impuestos clave:
- El ISR se fortalece con incentivos a la inversión productiva.
- El IVA se moderniza con obligaciones claras para plataformas digitales.
- El IEPS enfrenta desafíos por cambios en el consumo, pero se mantiene como herramienta recaudatoria y de política pública (salud, medio ambiente).
Finalmente, la iniciativa incorpora principios de rendición de cuentas y evaluación de impacto, al exigir que toda propuesta fiscal incluya análisis de costo-beneficio, estabilidad recaudatoria y eficiencia. Esto representa un avance hacia una gestión fiscal más técnica, transparente y orientada al bienestar colectivo.
| Concepto | Ingreso Estimado (Millones de pesos) |
| 1. IMPUESTOS | 5,838,541.1 |
| 1.1 Impuestos sobre los Ingresos | 3,070,149.1 |
| 1.1.1 Impuesto sobre la Renta (ISR) | 3,070,149.1 |
| 1.3 Impuestos sobre la Producción, el Consumo y las Transacciones | 2,370,732.7 |
| 1.3.1 Impuesto al Valor Agregado (IVA) | 1,589,069.0 |
| 1.3.2 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) | 761,501.9 |
| • Combustibles automotrices | 473,279.1 |
| • Bebidas alcohólicas y cerveza | 81,518.8 |
| • Tabacos labrados | 62,097.5 |
| • Bebidas saborizadas (refrescos) | 75,290.0 |
| • Alimentos no básicos con alta densidad calórica | 42,856.1 |
| • Juegos con apuestas y sorteos | 5,024.7 |
| • Telecomunicaciones | 8,486.8 |
| • Bebidas energéticas | 100.2 |
| • Plaguicidas | 2,148.0 |
| • Combustibles fósiles | 10,517.7 |
| • Videojuegos con violencia | 183.0 |
| • Otros (incluye energéticas, etc.) | 7,935.7 |
| 1.4 Impuestos no comprendidos en la Ley de Ingresos Vigente, causados en ejercicios anteriores pendientes de liquidación o pago | 62.7 |
| 2. CUOTAS Y APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL | 641,782.1 |
| 2.1 Aportaciones para Fondos de Vivienda | – |
| 2.1.1 Aportaciones al INFONAVIT | – |
| 2.2 Cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) | 641,782.1 |
| 3. DERECHOS | 157,081.7 |
| 3.1 Derechos por uso de bienes del dominio público | 81,380.2 |
| • Secretaría de Hacienda y Crédito Público | 2,601.4 |
| • Otros (infraestructura, frecuencias, etc.) | 78,778.8 |
| 3.2 Derechos por servicios | 75,701.5 |
| 4. APROVECHAMIENTOS | 203,520.5 |
| 4.1 Aprovechamientos | 201,723.3 |
| • Multas | 4,769.2 |
| • Indemnizaciones | 2,408.0 |
| • Reintegros | 6,190.3 |
| • Contribuciones de mejoras por obras públicas | 39.6 |
| • Inversiones en agua potable y alcantarillado | 0.0 |
| • Desincorporaciones | 0.0 |
| • Otros aprovechamientos | 188,316.2 |
| 4.2 Accesorios de Aprovechamientos | 621.1 |
| 5. PRODUCTOS | 16,488.3 |
| 5.1 Productos | 16,488.3 |
| • Por servicios no relacionados con funciones de derecho público | 165.6 |
| • Derivados del uso, aprovechamiento o enajenación de bienes no sujetos al dominio público | 16,322.7 |
| – Arrendamiento de tierras, locales y construcciones | 0.0 |
| – Enajenación de bienes | 3,985.6 |
| ∙ Muebles | 3,561.6 |
| ∙ Inmuebles | 424.0 |
| – Intereses de valores, créditos y bonos | 11,736.9 |
| – Utilidades | 600.0 |
| ∙ Lotería Nacional | 600.0 |
| – Otros | 0.3 |
| 5.2 Productos no comprendidos en la Ley de Ingresos Vigente, causados en ejercicios anteriores | – |
| 6. INGRESOS DEL SECTOR HIDROCARBUROS | 232,630.4 |
| 6.1 Ingresos propios de Pemex y transferencias del FMPED | 232,630.4 |
| 7. OTROS INGRESOS | 1,630,973.6 |
| 7.1 Ingresos por venta de bienes y prestación de servicios de instituciones de seguridad social | 123,819.2 |
| – IMSS | 62,799.2 |
| – ISSSTE | 61,020.0 |
| 7.2 Ingresos por venta de bienes y prestación de servicios de empresas públicas del Estado | 1,507,154.4 |
| – Petróleos Mexicanos (Pemex) | 971,677.2 |
| – Comisión Federal de Electricidad (CFE) | 535,477.2 |
| 7.3 Ingresos por venta de bienes y prestación de servicios de entidades paraestatales | – |
| 7.4 Otros ingresos | – |
| TOTAL GENERAL | 10,193,683.7 |
Fuente: Secretaría de Hacienda
https://www.finanzaspublicas.hacienda.gob.mx/es/Finanzas_Publicas/Paquete_Economico_y_Presupuesto
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