PROSEC:

Autorización, Cumplimiento y Mantenimiento del Programa de Promoción Sectorial

Obtenga la autorización de su PROSEC y proteja el beneficio de forma continua. En ST STRATEGO gestionamos el trámite desde el diagnóstico hasta la resolución, y nos mantenemos como su equipo de cumplimiento permanente para que ninguna obligación ponga en riesgo el beneficio arancelario que sostiene su competitividad.

Los Programas de Promoción Sectorial (PROSEC) son un instrumento de política comercial de la Secretaría de Economía que permite a personas morales productoras establecidas en México importar insumos, materias primas, maquinaria y equipo con aranceles ad valorem preferenciales de entre 0% y 5%, independientemente del país de origen de la mercancía.

Esto significa que su empresa puede importar de China, Corea del Sur, Taiwán o cualquier país sin Tratado de Libre Comercio con México —y aun así beneficiarse de tasas arancelarias que de otro modo llegarían al 15%, 20% o incluso 35%.

A diferencia del programa IMMEX, el PROSEC no exige que el producto terminado se destine a la exportación. Las mercancías producidas pueden venderse en el mercado nacional, internacional o ambos.

El programa está establecido en el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de agosto de 2002 y sus reformas vigentes.

Beneficios del PROSEC para su empresa

Reducción arancelaria inmediata

Importa insumos y maquinaria con tasas de 0% a 5%, independientemente del país de origen. Sin TLC requerido.

Aplica para mercado nacional

A diferencia del IMMEX, no exige exportar el producto terminado. Produces en México y vendes donde quieras.

Vigencia indefinida

El programa no vence. Se mantiene activo con el informe anual y el cumplimiento de obligaciones continuas.

Hasta 24 sectores industriales

Automotriz, electrónico, calzado, juguete, mueble, minero, químico, agropecuario y más. Verifica si tu industria califica.

Insumos + maquinaria

El beneficio aplica tanto a materias primas e insumos como a maquinaria y equipo incorporados al proceso productivo.

Compatible con IMMEX

Muchas empresas operan ambos programas simultáneamente para maximizar su ventaja competitiva y eficiencia logística.

¿Su empresa califica para PROSEC?

El PROSEC está dirigido exclusivamente a personas morales productoras. Para calificar, su empresa debe cumplir los siguientes criterios:

1

Ser persona moral establecida en México con actividad productiva o manufacturera real.

2

Fabricar o transformar mercancías clasificadas dentro de alguno de los 24 sectores PROSEC autorizados.

3

Demostrar que los insumos o maquinaria a importar se utilizarán en el proceso productivo del sector solicitado.

5

Estar inscrito en el Padrón de Importadores del SAT.

6

Contar con domicilio fiscal verificable y planta o instalaciones donde se realicen los procesos productivos.

7

Tener e.firma vigente al momento de presentar la solicitud.

Los 24 sectores cubiertos incluyen, entre otros: automotriz y autopartes, electrónico, calzado, juguete, mueble, minero-metalúrgico, químico, agropecuario, textil, siderúrgico, papel y cartón, así como diversas industrias manufactureras. Si no está seguro de si su actividad encuadra en algún sector, el primer paso es solicitar un diagnóstico de elegibilidad con nuestro equipo.

Proceso de tramitación ante la Secretaría de Economía

La solicitud se presenta en línea a través de la Ventanilla Digital de Comercio Exterior Mexicano (VUCEM). La Secretaría de Economía tiene un plazo máximo de 20 días hábiles para emitir resolución. Si no hay respuesta en ese plazo, aplica la afirmativa ficta —aunque en la práctica siempre recomendamos dar seguimiento activo para evitar requerimientos de información adicional que interrumpan el plazo.

Obligaciones permanentes.

Obtener el PROSEC es solo el primer paso. El verdadero riesgo para muchas empresas no es la autorización inicial, sino perder el beneficio por incumplimientos administrativos que se acumulan silenciosamente. Estas son las obligaciones cuyo incumplimiento activa causales de cancelación:

Obligación permanente

Consecuencia del incumplimiento

Presentar informe anual de operaciones ante la SE (a más tardar el último día hábil de abril)

Suspensión temporal de beneficios hasta regularizar la omisión

Mantener sistema de control de inventarios (SAP, SAE u otro compatible)

Causal de cancelación del programa

Estar al corriente en obligaciones fiscales ante el SAT

Cancelación definitiva del programa

Notificar cambios de domicilio fiscal o de planta ante SE y SAT

Inconsistencias que pueden derivar en cancelación

Utilizar los insumos importados exclusivamente en los procesos productivos del sector autorizado

Pago de aranceles diferidos más actualizaciones y recargos

Actualizar fracciones arancelarias cuando la TIGIE se modifica

Pérdida del beneficio sobre fracciones no actualizadas

El procedimiento de cancelación contempla un plazo de solo 10 días hábiles para que el titular ofrezca pruebas una vez que la Secretaría de Economía notifica el inicio del procedimiento. Sin asesoría especializada, ese plazo es insuficiente para estructurar una defensa efectiva.

Servicio integral ST STRATEGO: de la autorización al cumplimiento continuo.

En ST STRATEGO no gestionamos únicamente el trámite inicial. Nuestro modelo de servicio está diseñado para acompañar a su empresa durante toda la vida del programa, anticipando riesgos antes de que se materialicen y manteniendo el beneficio arancelario como palanca competitiva permanente.

Etapa del servicio

Lo que hace ST STRATEGO por su empresa

Diagnóstico de elegibilidad

Evaluamos su estructura productiva, fracciones arancelarias y sector para determinar viabilidad y cuantificar el ahorro real proyectado.

Preparación del expediente

Integramos y validamos toda la documentación requerida: acta constitutiva, RFC, fe de hechos, domicilio de planta, fracciones arancelarias y descripción de procesos productivos.

Presentación ante VUCEM / SE

Gestionamos el trámite ante la Ventanilla Digital de Comercio Exterior y la Secretaría de Economía. Seguimiento hasta la obtención del oficio resolutivo.

Ampliación de sectores o fracciones

Si su operación crece o diversifica, tramitamos la ampliación del programa para incorporar nuevos sectores o fracciones arancelarias.

Preguntas frecuentes sobre PROSEC

¿El PROSEC tiene fecha de vencimiento?
  • No. El programa no expira siempre que el titular cumpla con sus obligaciones permanentes. La principal obligación anual es presentar el informe de operaciones ante la SE a más tardar el último día hábil de abril de cada año. El incumplimiento suspende los beneficios temporalmente, pero estos se restauran al regularizar la omisión.
¿Puedo tener PROSEC e IMMEX al mismo tiempo?
  • Sí. Es una combinación muy común y estratégicamente conveniente en la industria manufacturera mexicana. Mientras el IMMEX aplica principalmente a importaciones temporales orientadas a la exportación, el PROSEC beneficia importaciones definitivas sin restricción de destino del producto terminado. Ambos programas se complementan y pueden estructurarse de forma sinérgica.
¿Qué pasa si la Secretaría de Economía inicia un procedimiento de cancelación?
  • La SE debe notificarle las causas del procedimiento y otorgarle 10 días hábiles para ofrecer pruebas. Si el titular desvirtúa las causas, la SE emite resolución dejando sin efectos la suspensión en un plazo máximo de tres meses. Si no las desvirtúa, se emite la cancelación definitiva. En ST STRATEGO estructuramos la defensa desde el momento de la notificación para maximizar las probabilidades de resolución favorable.
¿Puedo ampliar mi PROSEC para incluir nuevos sectores o fracciones?
  • Sí. Los titulares de un PROSEC pueden solicitar incorporación a nuevos sectores, siempre que acrediten que elaboran los bienes correspondientes. También es posible ampliar las fracciones arancelarias dentro del sector ya autorizado cuando la operación lo requiere.
¿Qué ocurre si importo con PROSEC mercancías que no uso en el proceso productivo autorizado?
  • El titular deberá cubrir los aranceles que debieron haberse pagado en la importación original, más actualizaciones y recargos. El incumplimiento del propósito productivo es causal de cancelación del programa y puede generar responsabilidad fiscal adicional.

Solicite una evaluación sin costo

Si su empresa manufactura en México e importa insumos, materias primas o maquinaria, existe una probabilidad alta de que el PROSEC pueda representar un ahorro arancelario significativo. El primer paso es determinar si sus fracciones y sector califican.

Agendar consulta sin costo

Descargar presentación institucional

PROSEC:

Autorización, Cumplimiento y Mantenimiento del Programa de Promoción Sectorial

Obtenga la autorización de su PROSEC y proteja el beneficio de forma continua. En ST STRATEGO gestionamos el trámite desde el diagnóstico hasta la resolución, y nos mantenemos como su equipo de cumplimiento permanente para que ninguna obligación ponga en riesgo el beneficio arancelario que sostiene su competitividad.

Los Programas de Promoción Sectorial (PROSEC) son un instrumento de política comercial de la Secretaría de Economía que permite a personas morales productoras establecidas en México importar insumos, materias primas, maquinaria y equipo con aranceles ad valorem preferenciales de entre 0% y 5%, independientemente del país de origen de la mercancía.

Esto significa que su empresa puede importar de China, Corea del Sur, Taiwán o cualquier país sin Tratado de Libre Comercio con México —y aun así beneficiarse de tasas arancelarias que de otro modo llegarían al 15%, 20% o incluso 35%.

A diferencia del programa IMMEX, el PROSEC no exige que el producto terminado se destine a la exportación. Las mercancías producidas pueden venderse en el mercado nacional, internacional o ambos.

El programa está establecido en el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de agosto de 2002 y sus reformas vigentes.

Beneficios del PROSEC para su empresa

Reducción arancelaria inmediata

Importa insumos y maquinaria con tasas de 0% a 5%, independientemente del país de origen. Sin TLC requerido.

Aplica para mercado nacional

A diferencia del IMMEX, no exige exportar el producto terminado. Produces en México y vendes donde quieras.

Vigencia indefinida

El programa no vence. Se mantiene activo con el informe anual y el cumplimiento de obligaciones continuas.

Hasta 24 sectores industriales

Automotriz, electrónico, calzado, juguete, mueble, minero, químico, agropecuario y más. Verifica si tu industria califica.

Insumos + maquinaria

El beneficio aplica tanto a materias primas e insumos como a maquinaria y equipo incorporados al proceso productivo.

Compatible con IMMEX

Muchas empresas operan ambos programas simultáneamente para maximizar su ventaja competitiva y eficiencia logística.

¿Su empresa califica para PROSEC?

El PROSEC está dirigido exclusivamente a personas morales productoras. Para calificar, su empresa debe cumplir los siguientes criterios:

1

Ser persona moral establecida en México con actividad productiva o manufacturera real.

2

Fabricar o transformar mercancías clasificadas dentro de alguno de los 24 sectores PROSEC autorizados.

3

Demostrar que los insumos o maquinaria a importar se utilizarán en el proceso productivo del sector solicitado.

4

Estar inscrito en el Padrón de Importadores del SAT.

5

Contar con domicilio fiscal verificable y planta o instalaciones donde se realicen los procesos productivos.

6

Tener e.firma vigente al momento de presentar la solicitud.

Los 24 sectores cubiertos incluyen, entre otros: automotriz y autopartes, electrónico, calzado, juguete, mueble, minero-metalúrgico, químico, agropecuario, textil, siderúrgico, papel y cartón, así como diversas industrias manufactureras. Si no está seguro de si su actividad encuadra en algún sector, el primer paso es solicitar un diagnóstico de elegibilidad con nuestro equipo.

Proceso de tramitación ante la Secretaría de Economía

La solicitud se presenta en línea a través de la Ventanilla Digital de Comercio Exterior Mexicano (VUCEM). La Secretaría de Economía tiene un plazo máximo de 20 días hábiles para emitir resolución. Si no hay respuesta en ese plazo, aplica la afirmativa ficta —aunque en la práctica siempre recomendamos dar seguimiento activo para evitar requerimientos de información adicional que interrumpan el plazo.

Obligaciones permanentes.

Obtener el PROSEC es solo el primer paso. El verdadero riesgo para muchas empresas no es la autorización inicial, sino perder el beneficio por incumplimientos administrativos que se acumulan silenciosamente. Estas son las obligaciones cuyo incumplimiento activa causales de cancelación:

Obligación permanente

Presentar informe anual de operaciones ante la SE (a más tardar el último día hábil de abril)

Consecuencia del incumplimiento

Suspensión temporal de beneficios hasta regularizar la omisión

Obligación permanente

Mantener sistema de control de inventarios (SAP, SAE u otro compatible)

Consecuencia del incumplimiento

Causal de cancelación del programa

Obligación permanente

Estar al corriente en obligaciones fiscales ante el SAT

Consecuencia del incumplimiento

Cancelación definitiva del programa.

Obligación permanente

Notificar cambios de domicilio fiscal o de planta ante SE y SAT

Consecuencia del incumplimiento

Inconsistencias que pueden derivar en cancelación

Obligación permanente

Utilizar los insumos importados exclusivamente en los procesos productivos del sector autorizado

Consecuencia del incumplimiento

Pago de aranceles diferidos más actualizaciones y recargos

Obligación permanente

Actualizar fracciones arancelarias cuando la TIGIE se modifica

Consecuencia del incumplimiento

Pérdida del beneficio sobre fracciones no actualizadas

El procedimiento de cancelación contempla un plazo de solo 10 días hábiles para que el titular ofrezca pruebas una vez que la Secretaría de Economía notifica el inicio del procedimiento. Sin asesoría especializada, ese plazo es insuficiente para estructurar una defensa efectiva.

Servicio integral ST STRATEGO: de la autorización al cumplimiento continuo.

En ST STRATEGO no gestionamos únicamente el trámite inicial. Nuestro modelo de servicio está diseñado para acompañar a su empresa durante toda la vida del programa, anticipando riesgos antes de que se materialicen y manteniendo el beneficio arancelario como palanca competitiva permanente.

Etapa del servicio

Diagnóstico de elegibilidad

Lo que hace ST STRATEGO por su empresa

Evaluamos su estructura productiva, fracciones arancelarias y sector para determinar viabilidad y cuantificar el ahorro real proyectado.

Etapa del servicio

Preparación del expediente

Lo que hace ST STRATEGO por su empresa

Integramos y validamos toda la documentación requerida: acta constitutiva, RFC, fe de hechos, domicilio de planta, fracciones arancelarias y descripción de procesos productivos.

Etapa del servicio

Presentación ante VUCEM / SE

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Gestionamos el trámite ante la Ventanilla Digital de Comercio Exterior y la Secretaría de Economía. Seguimiento hasta la obtención del oficio resolutivo.

Etapa del servicio

Ampliación de sectores o fracciones

Lo que hace ST STRATEGO por su empresa

Si su operación crece o diversifica, tramitamos la ampliación del programa para incorporar nuevos sectores o fracciones arancelarias.

Preguntas frecuentes sobre PROSEC

¿El PROSEC tiene fecha de vencimiento?
  • No. El programa no expira siempre que el titular cumpla con sus obligaciones permanentes. La principal obligación anual es presentar el informe de operaciones ante la SE a más tardar el último día hábil de abril de cada año. El incumplimiento suspende los beneficios temporalmente, pero estos se restauran al regularizar la omisión.
¿Puedo tener PROSEC e IMMEX al mismo tiempo?
  • Sí. Es una combinación muy común y estratégicamente conveniente en la industria manufacturera mexicana. Mientras el IMMEX aplica principalmente a importaciones temporales orientadas a la exportación, el PROSEC beneficia importaciones definitivas sin restricción de destino del producto terminado. Ambos programas se complementan y pueden estructurarse de forma sinérgica.
¿Qué pasa si la Secretaría de Economía inicia un procedimiento de cancelación?
  • La SE debe notificarle las causas del procedimiento y otorgarle 10 días hábiles para ofrecer pruebas. Si el titular desvirtúa las causas, la SE emite resolución dejando sin efectos la suspensión en un plazo máximo de tres meses. Si no las desvirtúa, se emite la cancelación definitiva. En ST STRATEGO estructuramos la defensa desde el momento de la notificación para maximizar las probabilidades de resolución favorable.
¿Puedo ampliar mi PROSEC para incluir nuevos sectores o fracciones?
  • Sí. Los titulares de un PROSEC pueden solicitar incorporación a nuevos sectores, siempre que acrediten que elaboran los bienes correspondientes. También es posible ampliar las fracciones arancelarias dentro del sector ya autorizado cuando la operación lo requiere.
¿Qué ocurre si importo con PROSEC mercancías que no uso en el proceso productivo autorizado?
  • El titular deberá cubrir los aranceles que debieron haberse pagado en la importación original, más actualizaciones y recargos. El incumplimiento del propósito productivo es causal de cancelación del programa y puede generar responsabilidad fiscal adicional.

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