Defensa Penal Fiscal y Aduanera

La seguridad, protección y defensa legal de nuestros clientes constituye uno de los pilares básicos por los que trabajamos todos los días.

La intersección entre el derecho fiscal y el derecho penal representa uno de los escenarios de mayor riesgo para las empresas y sus representantes legales. Las facultades de comprobación del SAT y la ANAM no solo generan créditos fiscales: pueden derivar en la configuración de conductas tipificadas como delitos fiscales, con consecuencias que trascienden el ámbito patrimonial y alcanzan la libertad personal de socios, administradores y representantes legales.

En ST STRATEGO contamos con un equipo especializado en materia penal-fiscal que integra, bajo una misma estrategia, el conocimiento técnico del derecho tributario y aduanero con la experiencia en el sistema penal acusatorio. Esta visión unificada es la que permite construir defensas sólidas, coherentes y efectivas en ambas vías de manera simultánea.

+3,500

Asuntos ganados

+20 años

Experiencia penal-fiscal

Dual

Penal + Fiscal integrados

ISO 9001

Procesos certificados

REFORMA CONSTITUCIONAL | ARTÍCULO 19 CPEUM

El contrabando y los delitos vinculados a comprobantes fiscales falsos son supuestos de prisión preventiva oficiosa. Ante la imputación de estos delitos, el juez está obligado a decretar la prisión preventiva sin necesidad de acreditar riesgo de fuga. La calidad de la defensa desde el primer momento es determinante.

El nuevo entorno legal: Reforma al Artículo 19 Constitucional

La reforma constitucional en materia de prisión preventiva oficiosa incorporó al artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos nuevos supuestos de aplicación obligatoria para esta medida cautelar. Entre ellos, el contrabando y los delitos relacionados con la emisión, adquisición o uso de comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes.

La implicación práctica es de la mayor gravedad: a diferencia de otros delitos donde el juez pondera el riesgo de fuga o de obstaculización antes de decretar la prisión preventiva, en estos supuestos la medida es automática desde la vinculación a proceso. No hay margen para argumentar en contra de su imposición una vez que se actualiza el tipo penal.

Este nuevo marco normativo eleva significativamente el nivel de riesgo personal para quienes participan en la toma de decisiones dentro de empresas sujetas a procedimientos de fiscalización. Una estrategia de defensa coordinada entre el frente fiscal y el frente penal, desde etapas tempranas, es hoy una necesidad, no una opción.

De la fiscalización al proceso penal: cómo se conectan

El origen de la mayoría de los procedimientos penales-fiscales se encuentra en el ejercicio de facultades de comprobación del SAT o la ANAM. Una visita domiciliaria, una revisión electrónica o un PAMA pueden generar evidencia que la autoridad utiliza posteriormente para formular una denuncia ante la Fiscalía General de la República.

Esta dinámica tiene una consecuencia crítica: las actuaciones, respuestas y documentos presentados en el procedimiento administrativo pueden convertirse en material probatorio en el proceso penal. Una respuesta técnicamente deficiente en sede fiscal no solo genera un crédito fiscal más elevado —construye el expediente que la autoridad llevará a los tribunales penales.

En ST STRATEGO analizamos cada caso desde ambas perspectivas de manera simultánea, asegurando que la estrategia de defensa administrativa y la estrategia de defensa penal sean coherentes y se refuercen mutuamente, sin generar contradicciones que la autoridad pueda aprovechar.

Delitos fiscales y aduaneros en los que actuamos

Proporcionamos defensa técnica e integral en los siguientes tipos penales, con especial atención a los supuestos de prisión preventiva oficiosa:

01

Defraudación fiscal y sus equiparables

Prisión Preventiva Oficiosa

Omisión total o parcial del pago de contribuciones mediante engaño, aprovechamiento de error o cualquier otro medio artificio. Incluye conductas equiparables como la omisión de entero de retenciones y la declaración de pérdidas fiscales inexistentes.

02

Contrabando y sus equiparables

Prisión Preventiva Oficiosa

Introducción o extracción de mercancías del territorio nacional sin el pago de contribuciones o sin cumplir regulaciones no arancelarias. Las equiparables incluyen el uso indebido de programas de fomento y la importación de mercancía prohibida o restringida.

03

Emisión, adquisición o uso de comprobantes fiscales de operaciones inexistentes

Prisión Preventiva Oficiosa

Conducta directamente vinculada al procedimiento 69-B del CFF. La reforma constitucional la incorpora como supuesto de prisión preventiva oficiosa, elevando significativamente el riesgo personal de representantes legales, socios y administradores.

04

Ocultamiento, desaparición o destrucción de contabilidad

Conducta que puede configurarse durante o después de una visita domiciliaria. La destrucción o alteración de registros contables constituye un delito autónomo, independientemente del resultado de la revisión fiscal.

05

Desocupación de domicilio fiscal sin aviso a la autoridad

Cuando una empresa abandona su domicilio fiscal sin notificar al SAT, puede actualizarse este tipo penal. Su importancia práctica radica en que suele ser la puerta de entrada a investigaciones por defraudación o contrabando.

06

Depositaría infiel

Disposición, ocultamiento o traslado de bienes o mercancías embargados o depositados por la autoridad fiscal o aduanera. El riesgo se materializa frecuentemente en el contexto de PAMAs o embargos precautorios mal administrados.

Nuestra práctica penal-fiscal: cobertura integral del procedimiento

La defensa penal-fiscal exige presencia técnica en cada etapa del procedimiento acusatorio, con una estrategia construida desde el conocimiento profundo del expediente fiscal que le dio origen.

En ST STRATEGO actuamos en todas las fases:

Etapa del procedimiento

Nuestra actuación

Investigación ministerial

Asesoría y representación desde la etapa de investigación ante la Fiscalía General de la República o las fiscalías especializadas. Análisis del expediente administrativo fiscal para anticipar la estrategia de la autoridad en sede penal.

Audiencia inicial | Control de detención

Asistencia técnica inmediata en la audiencia inicial. Argumentación para la vinculación o no vinculación a proceso y solicitud de medidas cautelares distintas a la prisión preventiva, con ofrecimiento de garantías cuando el caso lo permite.

Etapa intermedia

Depuración del expediente probatorio. Exclusión de pruebas ilícitas o irregularmente obtenidas durante el procedimiento fiscal. Identificación de vicios formales y materiales en la investigación ministerial.

Juicio oral

Representación en la etapa de debate oral ante el Tribunal de Enjuiciamiento. Contrainterrogatorio de peritos de la autoridad y presentación de evidencia pericial contable, fiscal y aduanera especializada.

Medios de impugnación

Interposición de recursos de apelación y, en su caso, juicio de amparo directo contra sentencias condenatorias. Análisis de violaciones constitucionales y de legalidad cometidas durante el procedimiento.

Acuerdos reparatorios y salidas alternas

Evaluación estratégica de salidas alternas al juicio: acuerdos reparatorios, suspensión condicional del proceso y procedimiento abreviado, cuando la naturaleza del caso y los intereses del cliente así lo aconsejan

Lo que distingue nuestra práctica penal-fiscal

01

Equipo integrado fiscal-penal:

La defensa penal-fiscal requiere que el abogado penalista y el especialista fiscal trabajen sobre el mismo expediente desde el inicio. En ST STRATEGO ambas disciplinas operan de manera coordinada, eliminando el riesgo de estrategias contradictorias entre sedes.

02

Conocimiento del origen administrativo:

Nuestro equipo tiene experiencia directa en procedimientos de fiscalización del SAT y la ANAM. Esa comprensión del expediente fiscal es la base sobre la que se construye la defensa penal, porque sabemos exactamente qué utilizará la autoridad como evidencia y cómo neutralizarlo.

03

Experiencia constitucional aplicada:

Nuestra práctica en materia de amparo fiscal y aduanero se extiende al ámbito penal-fiscal. Hemos obtenido la protección de la justicia federal en casos que involucran violaciones constitucionales cometidas durante procedimientos de fiscalización utilizados como antecedente de la acción penal.

04

Actuación inmediata en situaciones de urgencia:

Cuando existe riesgo de detención o se ha ejecutado una orden de aprehensión, activamos un protocolo de atención que garantiza presencia legal inmediata, solicitud de medidas cautelares y comunicación con la familia y la empresa en el menor tiempo posible.

05

Evaluación objetiva del caso:

Antes de aceptar cualquier asunto, realizamos un análisis técnico honesto de las fortalezas y debilidades de la posición del cliente. No prolongamos procedimientos sin fundamento ni generamos expectativas que el caso no justifica.

¿Su empresa o sus representantes enfrentan un procedimiento penal-fiscal?

La oportunidad de una defensa efectiva se construye desde el primer acto de la autoridad. Postergar la decisión reduce las opciones disponibles y debilita la posición jurídica de la empresa y de las personas involucradas. Contáctenos hoy para una evaluación confidencial y sin costo.

Defensa Penal Fiscal y Aduanera

La seguridad, protección y defensa legal de nuestros clientes constituye uno de los pilares básicos por los que trabajamos todos los días.

La intersección entre el derecho fiscal y el derecho penal representa uno de los escenarios de mayor riesgo para las empresas y sus representantes legales. Las facultades de comprobación del SAT y la ANAM no solo generan créditos fiscales: pueden derivar en la configuración de conductas tipificadas como delitos fiscales, con consecuencias que trascienden el ámbito patrimonial y alcanzan la libertad personal de socios, administradores y representantes legales.

En ST STRATEGO contamos con un equipo especializado en materia penal-fiscal que integra, bajo una misma estrategia, el conocimiento técnico del derecho tributario y aduanero con la experiencia en el sistema penal acusatorio. Esta visión unificada es la que permite construir defensas sólidas, coherentes y efectivas en ambas vías de manera simultánea.

+3,500

Asuntos ganados

+20 años

Experiencia penal-fiscal

Dual

Penal + Fiscal integrados

ISO 9001

Procesos certificados

REFORMA CONSTITUCIONAL | ARTÍCULO 19 CPEUM

El contrabando y los delitos vinculados a comprobantes fiscales falsos son supuestos de prisión preventiva oficiosa. Ante la imputación de estos delitos, el juez está obligado a decretar la prisión preventiva sin necesidad de acreditar riesgo de fuga. La calidad de la defensa desde el primer momento es determinante.

El nuevo entorno legal: Reforma al Artículo 19 Constitucional

La reforma constitucional en materia de prisión preventiva oficiosa incorporó al artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos nuevos supuestos de aplicación obligatoria para esta medida cautelar. Entre ellos, el contrabando y los delitos relacionados con la emisión, adquisición o uso de comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes.

La implicación práctica es de la mayor gravedad: a diferencia de otros delitos donde el juez pondera el riesgo de fuga o de obstaculización antes de decretar la prisión preventiva, en estos supuestos la medida es automática desde la vinculación a proceso. No hay margen para argumentar en contra de su imposición una vez que se actualiza el tipo penal.

Este nuevo marco normativo eleva significativamente el nivel de riesgo personal para quienes participan en la toma de decisiones dentro de empresas sujetas a procedimientos de fiscalización. Una estrategia de defensa coordinada entre el frente fiscal y el frente penal, desde etapas tempranas, es hoy una necesidad, no una opción.

De la fiscalización al proceso penal: cómo se conectan

El origen de la mayoría de los procedimientos penales-fiscales se encuentra en el ejercicio de facultades de comprobación del SAT o la ANAM. Una visita domiciliaria, una revisión electrónica o un PAMA pueden generar evidencia que la autoridad utiliza posteriormente para formular una denuncia ante la Fiscalía General de la República.

Esta dinámica tiene una consecuencia crítica: las actuaciones, respuestas y documentos presentados en el procedimiento administrativo pueden convertirse en material probatorio en el proceso penal. Una respuesta técnicamente deficiente en sede fiscal no solo genera un crédito fiscal más elevado —construye el expediente que la autoridad llevará a los tribunales penales.

En ST STRATEGO analizamos cada caso desde ambas perspectivas de manera simultánea, asegurando que la estrategia de defensa administrativa y la estrategia de defensa penal sean coherentes y se refuercen mutuamente, sin generar contradicciones que la autoridad pueda aprovechar.

Delitos fiscales y aduaneros en los que actuamos

Proporcionamos defensa técnica e integral en los siguientes tipos penales, con especial atención a los supuestos de prisión preventiva oficiosa:

01

Defraudación fiscal y sus equiparables

Prisión Preventiva Oficiosa

Omisión total o parcial del pago de contribuciones mediante engaño, aprovechamiento de error o cualquier otro medio artificio. Incluye conductas equiparables como la omisión de entero de retenciones y la declaración de pérdidas fiscales inexistentes.

02

Contrabando y sus equiparables

Prisión Preventiva Oficiosa

Introducción o extracción de mercancías del territorio nacional sin el pago de contribuciones o sin cumplir regulaciones no arancelarias. Las equiparables incluyen el uso indebido de programas de fomento y la importación de mercancía prohibida o restringida.

03

Emisión, adquisición o uso de comprobantes fiscales de operaciones inexistentes

Prisión Preventiva Oficiosa

Conducta directamente vinculada al procedimiento 69-B del CFF. La reforma constitucional la incorpora como supuesto de prisión preventiva oficiosa, elevando significativamente el riesgo personal de representantes legales, socios y administradores.

04

Ocultamiento, desaparición o destrucción de contabilidad

Conducta que puede configurarse durante o después de una visita domiciliaria. La destrucción o alteración de registros contables constituye un delito autónomo, independientemente del resultado de la revisión fiscal.

05

Desocupación de domicilio fiscal sin aviso a la autoridad

Cuando una empresa abandona su domicilio fiscal sin notificar al SAT, puede actualizarse este tipo penal. Su importancia práctica radica en que suele ser la puerta de entrada a investigaciones por defraudación o contrabando.

06

Depositaría infiel

Disposición, ocultamiento o traslado de bienes o mercancías embargados o depositados por la autoridad fiscal o aduanera. El riesgo se materializa frecuentemente en el contexto de PAMAs o embargos precautorios mal administrados.

Nuestra práctica penal-fiscal: cobertura integral del procedimiento

La defensa penal-fiscal exige presencia técnica en cada etapa del procedimiento acusatorio, con una estrategia construida desde el conocimiento profundo del expediente fiscal que le dio origen.

En ST STRATEGO actuamos en todas las fases:

Etapa del procedimiento

Investigación ministerial

Nuestra actuación

Asesoría y representación desde la etapa de investigación ante la Fiscalía General de la República o las fiscalías especializadas. Análisis del expediente administrativo fiscal para anticipar la estrategia de la autoridad en sede penal.

Etapa del procedimiento

Audiencia inicial | Control de detención

Nuestra actuación

Asistencia técnica inmediata en la audiencia inicial. Argumentación para la vinculación o no vinculación a proceso y solicitud de medidas cautelares distintas a la prisión preventiva, con ofrecimiento de garantías cuando el caso lo permite.

Etapa del procedimiento

Etapa intermedia

Nuestra actuación

Depuración del expediente probatorio. Exclusión de pruebas ilícitas o irregularmente obtenidas durante el procedimiento fiscal. Identificación de vicios formales y materiales en la investigación ministerial.

Etapa del procedimiento

Juicio oral

Nuestra actuación

Representación en la etapa de debate oral ante el Tribunal de Enjuiciamiento. Contrainterrogatorio de peritos de la autoridad y presentación de evidencia pericial contable, fiscal y aduanera especializada.

Etapa del procedimiento

Medios de impugnación

Nuestra actuación

Interposición de recursos de apelación y, en su caso, juicio de amparo directo contra sentencias condenatorias. Análisis de violaciones constitucionales y de legalidad cometidas durante el procedimiento.

Etapa del procedimiento

Acuerdos reparatorios y salidas alternas

Nuestra actuación

Evaluación estratégica de salidas alternas al juicio: acuerdos reparatorios, suspensión condicional del proceso y procedimiento abreviado, cuando la naturaleza del caso y los intereses del cliente así lo aconsejan

Lo que distingue nuestra práctica penal-fiscal

01

Equipo integrado fiscal-penal:

La defensa penal-fiscal requiere que el abogado penalista y el especialista fiscal trabajen sobre el mismo expediente desde el inicio. En ST STRATEGO ambas disciplinas operan de manera coordinada, eliminando el riesgo de estrategias contradictorias entre sedes.

02

Conocimiento del origen administrativo:

Nuestro equipo tiene experiencia directa en procedimientos de fiscalización del SAT y la ANAM. Esa comprensión del expediente fiscal es la base sobre la que se construye la defensa penal, porque sabemos exactamente qué utilizará la autoridad como evidencia y cómo neutralizarlo.

03

Experiencia constitucional aplicada:

Nuestra práctica en materia de amparo fiscal y aduanero se extiende al ámbito penal-fiscal. Hemos obtenido la protección de la justicia federal en casos que involucran violaciones constitucionales cometidas durante procedimientos de fiscalización utilizados como antecedente de la acción penal.

04

Actuación inmediata en situaciones de urgencia:

Cuando existe riesgo de detención o se ha ejecutado una orden de aprehensión, activamos un protocolo de atención que garantiza presencia legal inmediata, solicitud de medidas cautelares y comunicación con la familia y la empresa en el menor tiempo posible.

05

Evaluación objetiva del caso:

Antes de aceptar cualquier asunto, realizamos un análisis técnico honesto de las fortalezas y debilidades de la posición del cliente. No prolongamos procedimientos sin fundamento ni generamos expectativas que el caso no justifica.

¿Su empresa o sus representantes enfrentan un procedimiento penal-fiscal?

La oportunidad de una defensa efectiva se construye desde el primer acto de la autoridad. Postergar la decisión reduce las opciones disponibles y debilita la posición jurídica de la empresa y de las personas involucradas. Contáctenos hoy para una evaluación confidencial y sin costo.