Defensa Legal Fiscal y Aduanera

La seguridad, protección y defensa legal de nuestros clientes constituye uno de los pilares básicos por los que trabajamos todos los días.

Cuando la autoridad fiscal o aduanera actúa, cada día cuenta. Más de 3,500 asuntos ganados respaldan la capacidad técnica y estratégica de nuestro equipo para defender el patrimonio de su empresa, la continuidad de sus operaciones y su certeza jurídica frente al SAT, la ANAM y cualquier autoridad administrativa competente.

Nuestro grupo de profesionales con más de 20 años de experiencia en el sector público y privado conoce con precisión cómo piensan, argumentan y actúan las autoridades fiscales y aduaneras. Una perspectiva que solo se construye desde adentro del sistema —y que hoy ponemos al servicio de su defensa.

Experiencia en sector público y privado

+3,500

Asuntos ganados

+20 años

Experiencia fiscal y aduanera

+750

Empresas defendidas

ISO 9001

Procesos certificados

Nuestra filosofía de defensa

La defensa fiscal y aduanera efectiva no inicia en los tribunales, sino desde el primer acto de autoridad. Cada requerimiento atendido de forma imprecisa, cada plazo vencido y cada prueba no presentada oportunamente puede impactar de manera significativa la posición jurídica del contribuyente.

En ST STRATEGO operamos con una premisa clara: anticipar, estructurar y ejecutar. Anticipamos el argumento de la autoridad antes de que lo formule. Estructuramos la defensa con base en evidencia documental, pericial y jurídica. Ejecutamos con precisión técnica en cada plazo, sin excepciones.

Esta metodología, aplicada de manera consistente y certificada bajo ISO 9001, es la razón por la que más de 3,500 asuntos han concluido con resultado favorable para nuestros clientes.

Procedimientos en los que actuamos

Atendemos la totalidad del espectro de fiscalización y litigio fiscal y aduanero, desde el primer acto de la autoridad hasta la resolución definitiva. Si su empresa ya recibió una notificación, el tiempo es crítico: contáctenos de inmediato.

Visita Domiciliaria

La autoridad designa visitadores que se constituyen en el domicilio fiscal de la empresa con facultades para revisar contabilidad, documentos, sistemas y bienes. Es el procedimiento de fiscalización de mayor alcance e impacto operativo.

Cada acta parcial levantada durante la visita sienta precedente para la resolución final. La respuesta técnica a cada requerimiento, la calidad de las pruebas ofrecidas y la precisión jurídica de los argumentos presentados al acta final determinan si la autoridad determina un crédito fiscal, lo reduce o no lo determina. Una defensa reactiva en esta etapa | esperar al crédito para impugnar | siempre es más costosa que una defensa activa desde el primer día de la visita.

Revisión de Gabinete

Revisión en las oficinas del SAT mediante solicitud de información y documentación. Aparentemente menos intrusiva, pero igualmente técnica: errores en la respuesta generan observaciones que escalan a créditos fiscales.

Revisión Electrónica

Iniciada mediante buzón tributario con base en análisis de CFDI, declaraciones y datos cruzados. Plazos muy reducidos | 15 días hábiles para desvirtuar | y alta probabilidad de liquidaciones automáticas si no se atiende con precisión técnica.

Procedimiento 69-B | Operaciones Inexistentes (EFOS/EDOS)

Cuando el SAT presume que su empresa simuló operaciones o recibió comprobantes de un EFOS. El impacto es doble: fiscal y reputacional. Los plazos para desvirtuar son cortos y la carga probatoria es exigente.

Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA)

Inicio de proceso por irregularidades detectadas en despacho aduanero: mercancía sin documentación, clasificación incorrecta, valor en aduana cuestionado. Puede derivar en embargo precautorio y crédito fiscal cuantioso.

Actas Circunstanciadas de Hechos

Documentos levantados por la autoridad durante visitas o verificaciones que hacen constar irregularidades. Su contenido puede usarse como prueba en etapas posteriores: desvirtuar su alcance desde el inicio es crítico.

Recursos Administrativos

Primera instancia de impugnación ante la autoridad que emitió el acto. Recurso de Revocación ante el SAT. Estratégicamente relevante para sentar precedente y preservar el derecho a etapas posteriores.

Juicio Contencioso Administrativo / Juicio de Nulidad

Impugnación ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA). Permite anular resoluciones del SAT, IMSS, INFONAVIT y otras autoridades administrativas por vicios de fondo o forma.

Juicio de Amparo (Directo e Indirecto)

Última línea de defensa constitucional. El amparo indirecto protege contra actos de autoridad que afectan derechos fundamentales durante el procedimiento; el directo impugna sentencias definitivas del TFJA ante los Tribunales Colegiados.

Demás actos de autoridad fiscal y aduanera

Embargos precautorios, cancelación de certificaciones, suspensión de programas, negativas de devolución de IVA, imposición de multas y cualquier acto administrativo que afecte la operación de su empresa.

Procedimientos de Fiscalización: qué esperar y cómo defenderse

Los procedimientos de fiscalización son el instrumento mediante el cual las autoridades ejercen sus facultades de comprobación. Entender su mecánica, plazos y consecuencias es el primer paso para una defensa efectiva.

01

Visita Domiciliaria

La autoridad designa visitadores que se presentan en el domicilio fiscal de la empresa para revisar contabilidad, documentos y sistemas.

Durante la visita se levantan actas parciales y una acta final. El contribuyente tiene 20 días hábiles para presentar pruebas y argumentos después de la última acta parcial | este es el plazo más crítico de todo el procedimiento. Una respuesta técnicamente sólida en este momento puede evitar que se determine un crédito fiscal o reducir significativamente su monto.

  • ST STRATEGO acompaña a su empresa desde el primer día de la visita, coordina la atención a los visitadores, revisa cada acta antes de su firma y estructura la respuesta al acta final con el rigor técnico que el procedimiento exige.

02

Revisión de Gabinete

La revisión de gabinete se realiza en las oficinas de la autoridad: el SAT solicita información y documentación mediante oficio, y el contribuyente debe entregarla en los plazos señalados. Aunque parece menos confrontacional que una visita, el riesgo es equivalente: una respuesta incompleta o técnicamente deficiente genera observaciones que pueden escalar a créditos fiscales multimillonarios.

El plazo de la revisión es de 12 meses desde que el contribuyente atiende el primer requerimiento. La autoridad puede emitir un oficio de observaciones al que el contribuyente tiene 20 días hábiles para desvirtuar.

  • Preparamos cada respuesta con la documentación de respaldo necesaria para cerrar las observaciones en la propia etapa de gabinete, evitando que el expediente avance a etapas de impugnación más costosas.

03

Revisión Electrónica

Es el procedimiento más ágil y técnico que opera el SAT. Iniciada mediante buzón tributario, se basa en el cruce automático de información. La autoridad presume una diferencia o irregularidad y notifica al contribuyente con una preliquidación.

El contribuyente tiene solo 15 días hábiles para desvirtuar los hechos o aceptar la preliquidación. Si no hay respuesta | o si la respuesta es insuficiente | el SAT emite la resolución definitiva de forma prácticamente automática.

  • En ST STRATEGO analizamos de inmediato los CFDI, registros contables, pedimentos y declaraciones cuestionadas —tanto en materia fiscal como de comercio exterior— para distinguir las inconsistencias reales de las aparentes, y preparamos la respuesta técnica completa dentro del plazo. Nuestra tasa de éxito en revisiones electrónicas atendidas desde el inicio es significativamente superior a la de procedimientos en los que el cliente llega una vez que los plazos están comprometidos.

04

Procedimiento 69-B | Operaciones Inexistentes (EFOS / EDOS)

Es uno de los procedimientos de mayor impacto patrimonial y reputacional en el sistema fiscal mexicano. Cuando el SAT presume que una empresa emitió comprobantes sin respaldo real (EFOS | Empresa que Factura Operaciones Simuladas), o que recibió ese tipo de comprobantes (EDOS | Empresa que Deduce Operaciones Simuladas), publica su nombre en el DOF y en el portal del SAT, y exige la acreditación de la materialidad de las operaciones.

El plazo para desvirtuar como EFOS es de 15 días hábiles desde la publicación en el DOF. Para los EDOS, el plazo es de 30 días hábiles para corregir su situación o acreditar la efectiva realización de las operaciones.

Las consecuencias de no actuar son graves: pérdida de efectos fiscales de los comprobantes, posible responsabilidad solidaria, cancelación de sellos digitales y eventual denuncia penal por defraudación fiscal.

  • En ST STRATEGO estructuramos jurídica y técnicamente la defensa ante procedimientos 69-B, integrando y presentando ante la autoridad el expediente de materialidad con los elementos probatorios necesarios. Contamos con experiencia acreditada en asuntos de alta complejidad y cuantía, con resultados favorables para nuestros clientes.

05

Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA)

El PAMA se inicia cuando la autoridad aduanera detecta irregularidades durante el despacho de mercancías: documentación insuficiente, clasificación arancelaria cuestionada, valor en aduana no acreditado, mercancía de procedencia dudosa o excedentes no declarados. La autoridad puede embargar precautoriamente la mercancía y el medio de transporte.

El contribuyente o importador tiene 10 días hábiles para presentar su escrito de descargo y ofrecer pruebas. Si no lo hace o si las pruebas son insuficientes, la autoridad puede emitir resolución determinando un crédito fiscal que incluye contribuciones omitidas, multas y recargos, más la pérdida de la mercancía embargada.

  • Atendemos el PAMA desde el momento del embargo: preparamos la Defensa Legal en etapa administrativa. También impugnamos la resolución definitiva ante el TFJA cuando la autoridad no cede en la vía administrativa.

Etapa Ordinaria: Impugnación y Litigio

Cuando la autoridad emite una resolución determinante de crédito fiscal, sanción o acto administrativo adverso, inicia la etapa de impugnación. En ST STRATEGO litigamos en todas las instancias con la misma exigencia técnica que caracteriza nuestra defensa en fiscalización.

I

Recurso de Revocación ante el SAT

Es la primera instancia de impugnación ante la autoridad emisora del acto. Un recurso técnicamente bien formulado | con agravios precisos, debidamente fundados y motivados, y respaldado con pruebas contundentes | representa una vía efectiva y expedita para obtener la revocación o modificación del acto impugnado.

El plazo para interponerlo es de 30 días hábiles contados desde la notificación de la resolución impugnada.

II

Juicio Contencioso Administrativo / Juicio de Nulidad ante el TFJA

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) es el órgano jurisdiccional especializado para la impugnación de actos y resoluciones de las autoridades fiscales y aduaneras federales. Es la vía principal de litigio cuando el recurso de revocación no produce el resultado esperado | o cuando se opta por acudir directamente al tribunal sin agotar la vía administrativa.

  • Nuestro equipo cuenta con trayectoria acreditada en litigio ante las Salas Regionales y la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en asuntos que comprenden principalmente la impugnación de créditos fiscales. La profundidad técnica de nuestra práctica litigiosa es el resultado de más de dos décadas de experiencia acumulada en los sectores público y privado.

III

Juicio de Amparo Directo e Indirecto

El amparo es el mecanismo constitucional de última instancia para la protección de derechos fundamentales frente a actos de autoridad que los vulneren.

El amparo indirecto procede contra actos de autoridad fiscal o aduanera que afecten derechos durante el procedimiento (embargos, cancelaciones, notificaciones ilegales así como contra Leyes y Decretos) y se tramita ante Juzgados de Distrito. Permite solicitar la suspensión provisional del acto reclamado desde la presentación de la demanda, lo que puede ser determinante para detener una ejecución inminente.

El amparo directo procede contra sentencias definitivas del TFJA y se tramita ante Tribunales Colegiados de Circuito. Es el mecanismo para corregir sentencias que sean contrarias a la jurisprudencia de la SCJN o que apliquen incorrectamente la norma.

  • Nuestra práctica en materia de amparo fiscal y aduanero integra una sólida experiencia en el análisis constitucional aplicado a controversias de naturaleza fiscal y de comercio exterior. Hemos promovido juicios de amparo directo e indirecto en asuntos de alta complejidad, obteniendo la protección de la justicia federal en casos que involucran la salvaguarda de derechos fundamentales frente a actos de autoridades fiscales y aduaneras. La solicitud de suspensión | provisional y definitiva | forma parte de nuestra estrategia de defensa inmediata cuando la continuidad operativa de la empresa está en riesgo.

Plazos críticos: por qué actuar de inmediato

En materia fiscal y aduanera, los plazos son fatales: su vencimiento extingue derechos. La siguiente tabla resume los momentos más críticos de cada procedimiento y la acción que ST STRATEGO ejecuta en cada uno de ellos.

Procedimiento

Plazo crítico

Lo que ST STRATEGO hace en ese plazo

Procedimiento

15 días hábiles

Analizamos los documentos e información cuestionada por la autoridad, preparamos y presentamos la respuesta técnica con toda la documentación de respaldo antes del vencimiento.

Visita Domiciliaria | respuesta a requerimiento

20 días hábiles

Estructuramos el ofrecimiento de pruebas y argumentos jurídico-contables para desvirtuar cada observación antes de que se convierta en partida determinada.

PAMA | descargo inicial

10 días hábiles desde notificación

Presentamos escrito de pruebas y alegatos, para evitar que el embargo precautorio se convierta en crédito fiscal firme.

69-B | desvirtuar presunción SAT

15 días hábiles (publicación DOF)

En ST STRATEGO estructuramos jurídica y técnicamente la defensa ante procedimientos 69-B del CFF, analizando el expediente de manera integral para identificar los elementos probatorios con mayor solidez y viabilidad para desvirtuar la presunción de inexistencia de operaciones ante la autoridad. Nuestra experiencia acreditada en asuntos de esta naturaleza, incluyendo casos de alta complejidad y cuantía, nos permite construir una estrategia de defensa precisa y fundamentada en cada etapa del procedimiento.

Recurso de Revocación

30 días hábiles desde notificación

Formulamos el recurso con los agravios precisos que maximizan las probabilidades de revocación o nulidad en esta vía expedita.

Juicio Contencioso | demanda

30 días hábiles (resolución notificada)

Presentamos demanda ante el TFJA con los conceptos de impugnación técnicamente estructurados para obtener sentencia favorable.

Amparo Indirecto | actos urgentes

15 días hábiles (acto reclamado)

Promovemos el amparo con solicitud de suspensión provisional y definitiva, para detener efectos del acto reclamado mientras se resuelve el fondo.

Lo que distingue a ST STRATEGO en Defensa Fiscal y Aduanera

Experiencia en el sector público

Varios miembros de nuestro equipo desarrollaron su trayectoria profesional en la autoridad fiscal y aduanera. Ese conocimiento profundo de los criterios normativos, los estándares de actuación institucional y la lógica de los procedimientos administrativos nos permite anticipar el desarrollo de cada caso y estructurar estrategias de defensa con mayor precisión y fundamento técnico.

Más de 3,500 asuntos ganados

No es un número de expedientes atendidos. Es el número de resoluciones favorables, que nuestros clientes han obtenido con nuestra representación.

Equipo multidisciplinario integrado

La defensa fiscal efectiva requiere abogados, contadores y especialistas en comercio exterior trabajando sobre el mismo expediente. En ST STRATEGO ese equipo no se subcontrata: opera bajo un mismo techo y con procesos certificados ISO 9001.

Respuesta inmediata en contingencias activas

Cuando recibimos un caso con plazos en curso, activamos un protocolo de atención urgente que garantiza que no se venza ningún término sin una respuesta técnica adecuada.

Sin ambigüedad en los resultados

Evaluamos con honestidad la viabilidad de cada caso antes de aceptarlo. No prometemos resultados imposibles ni prolongamos procedimientos sin fundamento.

¿Su empresa tiene una contingencia fiscal o aduanera activa?

Si recibió una notificación del SAT, la ANAM o cualquier autoridad administrativa, o si anticipa una auditoría, contáctenos hoy. Cada día sin una estrategia de defensa estructurada es un día en que la autoridad consolida su posición y los márgenes de actuación se reducen.

Defensa Legal Fiscal y Aduanera

La seguridad, protección y defensa legal de nuestros clientes constituye uno de los pilares básicos por los que trabajamos todos los días.

Cuando la autoridad fiscal o aduanera actúa, cada día cuenta. Más de 3,500 asuntos ganados respaldan la capacidad técnica y estratégica de nuestro equipo para defender el patrimonio de su empresa, la continuidad de sus operaciones y su certeza jurídica frente al SAT, la ANAM y cualquier autoridad administrativa competente.

Nuestro grupo de profesionales con más de 20 años de experiencia en el sector público y privado conoce con precisión cómo piensan, argumentan y actúan las autoridades fiscales y aduaneras. Una perspectiva que solo se construye desde adentro del sistema —y que hoy ponemos al servicio de su defensa.

Experiencia en sector público y privado

+3,500

Asuntos ganados

+20 años

Experiencia fiscal y aduanera

+750

Empresas defendidas

ISO 9001

Procesos certificados

Nuestra filosofía de defensa

La defensa fiscal y aduanera efectiva no inicia en los tribunales, sino desde el primer acto de autoridad. Cada requerimiento atendido de forma imprecisa, cada plazo vencido y cada prueba no presentada oportunamente puede impactar de manera significativa la posición jurídica del contribuyente.

En ST STRATEGO operamos con una premisa clara: anticipar, estructurar y ejecutar. Anticipamos el argumento de la autoridad antes de que lo formule. Estructuramos la defensa con base en evidencia documental, pericial y jurídica. Ejecutamos con precisión técnica en cada plazo, sin excepciones.

Esta metodología, aplicada de manera consistente y certificada bajo ISO 9001, es la razón por la que más de 3,500 asuntos han concluido con resultado favorable para nuestros clientes.

Procedimientos en los que actuamos

Atendemos la totalidad del espectro de fiscalización y litigio fiscal y aduanero, desde el primer acto de la autoridad hasta la resolución definitiva. Si su empresa ya recibió una notificación, el tiempo es crítico: contáctenos de inmediato.

Visita Domiciliaria

La autoridad designa visitadores que se constituyen en el domicilio fiscal de la empresa con facultades para revisar contabilidad, documentos, sistemas y bienes. Es el procedimiento de fiscalización de mayor alcance e impacto operativo.

Cada acta parcial levantada durante la visita sienta precedente para la resolución final. La respuesta técnica a cada requerimiento, la calidad de las pruebas ofrecidas y la precisión jurídica de los argumentos presentados al acta final determinan si la autoridad determina un crédito fiscal, lo reduce o no lo determina. Una defensa reactiva en esta etapa | esperar al crédito para impugnar | siempre es más costosa que una defensa activa desde el primer día de la visita.

Revisión de Gabinete

Revisión en las oficinas del SAT mediante solicitud de información y documentación. Aparentemente menos intrusiva, pero igualmente técnica: errores en la respuesta generan observaciones que escalan a créditos fiscales.

Revisión Electrónica

Iniciada mediante buzón tributario con base en análisis de CFDI, declaraciones y datos cruzados. Plazos muy reducidos | 15 días hábiles para desvirtuar | y alta probabilidad de liquidaciones automáticas si no se atiende con precisión técnica.

Procedimiento 69-B | Operaciones Inexistentes (EFOS/EDOS)

Cuando el SAT presume que su empresa simuló operaciones o recibió comprobantes de un EFOS. El impacto es doble: fiscal y reputacional. Los plazos para desvirtuar son cortos y la carga probatoria es exigente.

Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA)

Inicio de proceso por irregularidades detectadas en despacho aduanero: mercancía sin documentación, clasificación incorrecta, valor en aduana cuestionado. Puede derivar en embargo precautorio y crédito fiscal cuantioso.

Actas Circunstanciadas de Hechos

Documentos levantados por la autoridad durante visitas o verificaciones que hacen constar irregularidades. Su contenido puede usarse como prueba en etapas posteriores: desvirtuar su alcance desde el inicio es crítico.

Recursos Administrativos

Primera instancia de impugnación ante la autoridad que emitió el acto. Recurso de Revocación ante el SAT. Estratégicamente relevante para sentar precedente y preservar el derecho a etapas posteriores.

Juicio Contencioso Administrativo / Juicio de Nulidad

Impugnación ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA). Permite anular resoluciones del SAT, IMSS, INFONAVIT y otras autoridades administrativas por vicios de fondo o forma.

Juicio de Amparo (Directo e Indirecto)

Última línea de defensa constitucional. El amparo indirecto protege contra actos de autoridad que afectan derechos fundamentales durante el procedimiento; el directo impugna sentencias definitivas del TFJA ante los Tribunales Colegiados.

Demás actos de autoridad fiscal y aduanera

Embargos precautorios, cancelación de certificaciones, suspensión de programas, negativas de devolución de IVA, imposición de multas y cualquier acto administrativo que afecte la operación de su empresa.

Procedimientos de Fiscalización: qué esperar y cómo defenderse

Los procedimientos de fiscalización son el instrumento mediante el cual las autoridades ejercen sus facultades de comprobación. Entender su mecánica, plazos y consecuencias es el primer paso para una defensa efectiva.

01

Visita Domiciliaria

La autoridad designa visitadores que se presentan en el domicilio fiscal de la empresa para revisar contabilidad, documentos y sistemas.

Durante la visita se levantan actas parciales y una acta final. El contribuyente tiene 20 días hábiles para presentar pruebas y argumentos después de la última acta parcial | este es el plazo más crítico de todo el procedimiento. Una respuesta técnicamente sólida en este momento puede evitar que se determine un crédito fiscal o reducir significativamente su monto.

  • ST STRATEGO acompaña a su empresa desde el primer día de la visita, coordina la atención a los visitadores, revisa cada acta antes de su firma y estructura la respuesta al acta final con el rigor técnico que el procedimiento exige.

02

Revisión de Gabinete

La autoridad designa visitadores que se presentan en el domicilio fiscal de la empresa para revisar contabilidad, documentos y sistemas.

Durante la visita se levantan actas parciales y una acta final. El contribuyente tiene 20 días hábiles para presentar pruebas y argumentos después de la última acta parcial | este es el plazo más crítico de todo el procedimiento. Una respuesta técnicamente sólida en este momento puede evitar que se determine un crédito fiscal o reducir significativamente su monto.

  • Preparamos cada respuesta con la documentación de respaldo necesaria para cerrar las observaciones en la propia etapa de gabinete, evitando que el expediente avance a etapas de impugnación más costosas.

03

Revisión Electrónica

Es el procedimiento más ágil y técnico que opera el SAT. Iniciada mediante buzón tributario, se basa en el cruce automático de información. La autoridad presume una diferencia o irregularidad y notifica al contribuyente con una preliquidación.

El contribuyente tiene solo 15 días hábiles para desvirtuar los hechos o aceptar la preliquidación. Si no hay respuesta | o si la respuesta es insuficiente | el SAT emite la resolución definitiva de forma prácticamente automática.

  • En ST STRATEGO analizamos de inmediato los CFDI, registros contables, pedimentos y declaraciones cuestionadas | tanto en materia fiscal como de comercio exterior| para distinguir las inconsistencias reales de las aparentes, y preparamos la respuesta técnica completa dentro del plazo. Nuestra tasa de éxito en revisiones electrónicas atendidas desde el inicio es significativamente superior a la de procedimientos en los que el cliente llega una vez que los plazos están comprometidos.

04

Procedimiento 69-B | Operaciones Inexistentes (EFOS / EDOS)

Es uno de los procedimientos de mayor impacto patrimonial y reputacional en el sistema fiscal mexicano. Cuando el SAT presume que una empresa emitió comprobantes sin respaldo real (EFOS | Empresa que Factura Operaciones Simuladas), o que recibió ese tipo de comprobantes (EDOS | Empresa que Deduce Operaciones Simuladas), publica su nombre en el DOF y en el portal del SAT, y exige la acreditación de la materialidad de las operaciones.

El plazo para desvirtuar como EFOS es de 15 días hábiles desde la publicación en el DOF. Para los EDOS, el plazo es de 30 días hábiles para corregir su situación o acreditar la efectiva realización de las operaciones.

Las consecuencias de no actuar son graves: pérdida de efectos fiscales de los comprobantes, posible responsabilidad solidaria, cancelación de sellos digitales y eventual denuncia penal por defraudación fiscal.

  • En ST STRATEGO estructuramos jurídica y técnicamente la defensa ante procedimientos 69-B, integrando y presentando ante la autoridad el expediente de materialidad con los elementos probatorios necesarios. Contamos con experiencia acreditada en asuntos de alta complejidad y cuantía, con resultados favorables para nuestros clientes.

05

Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA)

El PAMA se inicia cuando la autoridad aduanera detecta irregularidades durante el despacho de mercancías: documentación insuficiente, clasificación arancelaria cuestionada, valor en aduana no acreditado, mercancía de procedencia dudosa o excedentes no declarados. La autoridad puede embargar precautoriamente la mercancía y el medio de transporte.

El contribuyente o importador tiene 10 días hábiles para presentar su escrito de descargo y ofrecer pruebas. Si no lo hace o si las pruebas son insuficientes, la autoridad puede emitir resolución determinando un crédito fiscal que incluye contribuciones omitidas, multas y recargos, más la pérdida de la mercancía embargada.

  • Atendemos el PAMA desde el momento del embargo: preparamos la Defensa Legal en etapa administrativa. También impugnamos la resolución definitiva ante el TFJA cuando la autoridad no cede en la vía administrativa.

Etapa Ordinaria: Impugnación y Litigio

Cuando la autoridad emite una resolución determinante de crédito fiscal, sanción o acto administrativo adverso, inicia la etapa de impugnación. En ST STRATEGO litigamos en todas las instancias con la misma exigencia técnica que caracteriza nuestra defensa en fiscalización.

I

Recurso de Revocación ante el SAT

Es la primera instancia de impugnación ante la autoridad emisora del acto. Un recurso técnicamente bien formulado | con agravios precisos, debidamente fundados y motivados, y respaldado con pruebas contundentes | representa una vía efectiva y expedita para obtener la revocación o modificación del acto impugnado.

El plazo para interponerlo es de 30 días hábiles contados desde la notificación de la resolución impugnada.

II

Juicio Contencioso Administrativo / Juicio de Nulidad ante el TFJA

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) es el órgano jurisdiccional especializado para la impugnación de actos y resoluciones de las autoridades fiscales y aduaneras federales. Es la vía principal de litigio cuando el recurso de revocación no produce el resultado esperado | o cuando se opta por acudir directamente al tribunal sin agotar la vía administrativa.

  • Nuestro equipo cuenta con trayectoria acreditada en litigio ante las Salas Regionales y la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en asuntos que comprenden principalmente la impugnación de créditos fiscales. La profundidad técnica de nuestra práctica litigiosa es el resultado de más de dos décadas de experiencia acumulada en los sectores público y privado.

III

Juicio de Amparo Directo e Indirecto

El amparo es el mecanismo constitucional de última instancia para la protección de derechos fundamentales frente a actos de autoridad que los vulneren.

El amparo indirecto procede contra actos de autoridad fiscal o aduanera que afecten derechos durante el procedimiento (embargos, cancelaciones, notificaciones ilegales así como contra Leyes y Decretos) y se tramita ante Juzgados de Distrito. Permite solicitar la suspensión provisional del acto reclamado desde la presentación de la demanda, lo que puede ser determinante para detener una ejecución inminente.

El amparo directo procede contra sentencias definitivas del TFJA y se tramita ante Tribunales Colegiados de Circuito. Es el mecanismo para corregir sentencias que sean contrarias a la jurisprudencia de la SCJN o que apliquen incorrectamente la norma.

  • Nuestra práctica en materia de amparo fiscal y aduanero integra una sólida experiencia en el análisis constitucional aplicado a controversias de naturaleza fiscal y de comercio exterior. Hemos promovido juicios de amparo directo e indirecto en asuntos de alta complejidad, obteniendo la protección de la justicia federal en casos que involucran la salvaguarda de derechos fundamentales frente a actos de autoridades fiscales y aduaneras. La solicitud de suspensión | provisional y definitiva | forma parte de nuestra estrategia de defensa inmediata cuando la continuidad operativa de la empresa está e

Plazos críticos: por qué actuar de inmediato

En materia fiscal y aduanera, los plazos son fatales: su vencimiento extingue derechos. La siguiente tabla resume los momentos más críticos de cada procedimiento y la acción que ST STRATEGO ejecuta en cada uno de ellos.

Procedimiento

Procedimiento

Plazo crítico

15 días hábiles

Lo que ST STRATEGO hace en ese plazo

Analizamos los documentos e información cuestionada por la autoridad, preparamos y presentamos la respuesta técnica con toda la documentación de respaldo antes del vencimiento.

Procedimiento

Visita Domiciliaria | respuesta a requerimiento

Plazo crítico

20 días hábiles

Lo que ST STRATEGO hace en ese plazo

Estructuramos el ofrecimiento de pruebas y argumentos jurídico-contables para desvirtuar cada observación antes de que se convierta en partida determinada.

Procedimiento

PAMA | descargo inicial

Plazo crítico

10 días hábiles desde notificación

Lo que ST STRATEGO hace en ese plazo

Presentamos escrito de pruebas y alegatos, para evitar que el embargo precautorio se convierta en crédito fiscal firme.

Procedimiento

69-B | desvirtuar presunción SAT

Plazo crítico

15 días hábiles (publicación DOF)

Lo que ST STRATEGO hace en ese plazo

En ST STRATEGO estructuramos jurídica y técnicamente la defensa ante procedimientos 69-B del CFF, analizando el expediente de manera integral para identificar los elementos probatorios con mayor solidez y viabilidad para desvirtuar la presunción de inexistencia de operaciones ante la autoridad. Nuestra experiencia acreditada en asuntos de esta naturaleza, incluyendo casos de alta complejidad y cuantía, nos permite construir una estrategia de defensa precisa y fundamentada en cada etapa del procedimiento.

Procedimiento

Recurso de Revocación

Plazo crítico

30 días hábiles desde notificación

Lo que ST STRATEGO hace en ese plazo

Formulamos el recurso con los agravios precisos que maximizan las probabilidades de revocación o nulidad en esta vía expedita.

Procedimiento

Juicio Contencioso | demanda

Plazo crítico

30 días hábiles (resolución notificada)

Lo que ST STRATEGO hace en ese plazo

Presentamos demanda ante el TFJA con los conceptos de impugnación técnicamente estructurados para obtener sentencia favorable.

Procedimiento

Amparo Indirecto | actos urgentes

Plazo crítico

15 días hábiles (acto reclamado)

Lo que ST STRATEGO hace en ese plazo

Promovemos el amparo con solicitud de suspensión provisional y definitiva, para detener efectos del acto reclamado mientras se resuelve el fondo.

Lo que distingue a ST STRATEGO en Defensa Fiscal y Aduanera

Experiencia en el sector público

Varios miembros de nuestro equipo desarrollaron su trayectoria profesional en la autoridad fiscal y aduanera. Ese conocimiento profundo de los criterios normativos, los estándares de actuación institucional y la lógica de los procedimientos administrativos nos permite anticipar el desarrollo de cada caso y estructurar estrategias de defensa con mayor precisión y fundamento técnico.

Más de 3,500 asuntos ganados

No es un número de expedientes atendidos. Es el número de resoluciones favorables, que nuestros clientes han obtenido con nuestra representación.

Equipo multidisciplinario integrado

La defensa fiscal efectiva requiere abogados, contadores y especialistas en comercio exterior trabajando sobre el mismo expediente. En ST STRATEGO ese equipo no se subcontrata: opera bajo un mismo techo y con procesos certificados ISO 9001.

Respuesta inmediata en contingencias activas

Cuando recibimos un caso con plazos en curso, activamos un protocolo de atención urgente que garantiza que no se venza ningún término sin una respuesta técnica adecuada.

Sin ambigüedad en los resultados

Evaluamos con honestidad la viabilidad de cada caso antes de aceptarlo. No prometemos resultados imposibles ni prolongamos procedimientos sin fundamento.

¿Su empresa tiene una contingencia fiscal o aduanera activa?

Si recibió una notificación del SAT, la ANAM o cualquier autoridad administrativa, o si anticipa una auditoría, contáctenos hoy. Cada día sin una estrategia de defensa estructurada es un día en que la autoridad consolida su posición y los márgenes de actuación se reducen.