En un comunicado publicado el 18 de agosto de 2026, la Secretaría de Economía expresó la grave preocupación del Gobierno de México por la resolución preliminar emitida por el Departamento de Comercio de los Estados Unidos, en la cual se determina que los exportadores mexicanos de fresa incurren en prácticas de dumping. La autoridad estadounidense estimó márgenes de dumping que oscilan entre el 3.37% y el 5.28%, dependiendo de la empresa, con un promedio del 4.83% para la mayoría de los exportadores nacionales. Esta práctica comercial consiste en la exportación de un producto a un precio inferior a su valor normal, una acusación que el gobierno mexicano rechaza al considerar que se basa en premisas inconsistentes con la normativa internacional.

El origen de esta controversia se remonta al 31 de diciembre de 2025, cuando productores del estado de Florida presentaron una solicitud para imponer derechos antidumping. La particularidad de la queja radica en su intento por diferenciar las fresas de invierno del producto general y por segmentar el mercado estadounidense, limitándolo a la región Este. Sin embargo, en un reporte preliminar emitido en marzo de 2026, la Comisión de Comercio Internacional de los Estados Unidos concluyó que no existían bases para aceptar la fresa de invierno como un producto distinto ni para reconocer un mercado regional, determinando que se trata de un mercado nacional único. A pesar de este dictamen, el Departamento de Comercio mantuvo ambos conceptos en su resolución preliminar, una decisión que México califica como arbitraria y que altera la naturaleza de la investigación.

La postura oficial destaca que los supuestos en los que se fundamenta el fallo estadounidense no son compatibles con el Acuerdo Antidumping de la Organización Mundial del Comercio, ni con diversas disposiciones del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá. Las autoridades mexicanas advierten que la validación de estos conceptos por parte del Departamento de Comercio podría establecer un antecedente peligroso, facilitando que otros productores estadounidenses presenten quejas similares contra diferentes exportaciones hortofrutícolas de México, lo que desestabilizaría el comercio bilateral en el sector agroalimentario.

El impacto potencial de esta resolución representa una amenaza directa para la estructura productiva y social del campo mexicano. La cadena de valor de la fresa en el país integra a casi 5 mil productores, de los cuales el 97% corresponde a pequeña o mediana escala, cultivando 10 hectáreas o menos. Asimismo, el sector genera aproximadamente 151 mil empleos entre trabajadores permanentes y temporales. La magnitud del comercio bilateral en este rubro es significativa, pues en 2025 México exportó a Estados Unidos 263 mil toneladas de fresa, lo que representó un valor de mil millones de dólares.

Ante este escenario, el Gobierno de México ha establecido que, en estricta coordinación con los productores y exportadores de fresa, dará un seguimiento puntual y riguroso a las siguientes etapas del proceso legal. El objetivo es preparar la defensa de los intereses nacionales de cara a la resolución final que emitirá la Comisión de Comercio Internacional, la cual se espera que se dé a conocer a principios del año 2027, momento en el que se definirá la imposición o descartada definitiva de estos derechos antidumping.

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Fuente: Secretaría de Economía

https://www.gob.mx/se/prensa/mexico-expresa-su-preocupacion-por-la-decision-preliminar-del-departamento-de-comercio-de-los-estados-unidos-contra-la-fresa-mexicana

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