El 13 de octubre de 2026, la Secretaría de Economía y la Agencia Nacional de Aduanas de México publicaron el comunicado de prensa conjunto 99/2026, mediante el cual emitieron una precisión técnica respecto a la derogación del Anexo 4 de la Resolución que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados. Este documento, difundido a través de los canales oficiales de comunicación gubernamental, tiene como propósito aclarar el alcance de la normativa publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 2026 y entrada en vigor al día siguiente, en el contexto de las operaciones de comercio exterior realizadas mediante pedimentos consolidados.

En el texto se establece que, con el fin de otorgar certeza jurídica a los operadores de comercio exterior, a partir del 15 de septiembre de 2026 dejó de actualizarse el supuesto normativo que exigía la obtención de un permiso automático de importación de manera exclusiva para los productos textiles y de confección que se encontraban catalogados en el derogado Anexo 4. Esta modificación implica que la eliminación de la exigibilidad de dicho permiso automático se circunscribe estrictamente a las fracciones arancelarias del sector textil previamente listadas en dicha anexa, sin extenderse a otros rubros comerciales.

Como consecuencia de esta delimitación, las demás mercancías y sectores productivos que operen bajo esquemas de consolidación de pedimentos continúan obligados a cumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias aplicables. En este sentido, los importadores de bienes distintos a los textiles deberán sujetarse a lo dispuesto en el Capítulo 2.2 sobre Permisos y Avisos, así como a los lineamientos establecidos en el Anexo 2.2.1 del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite las Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, manteniendo la vigencia de los controles administrativos correspondientes para el resto de las cadenas de suministro.

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Fuente: Agencia Nacional de Aduanas de México

https://www.anam.gob.mx/comunicado99

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