Nuevos cambios a la Ley Federal de Derechos (LFD)
El pasado 08 de diciembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.
A continuación haremos referencia a los principales cambios de esta importante modificación:
1. Publicaciones en DOF: Se prevé la exención para el pago de Derechos, las publicaciones en el Diario Oficial de la Federación que se establezca como obligatoria y sea ordenada o se regule expresamente en la Constitución, en las Leyes y Reglamentos de carácter federal, en los tratados internacionales o en el Presupuesto de Egresos de la Federación, por los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como los organismos públicos autónomos, o se trate de la publicación de los acuerdos que expidan los titulares de las dependencias del ejecutivo federal y las convocatorias públicas abiertas de plazas, que señala la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

De igual manera, se reforma el artículo 51 primer párrafo y fracción III, primer párrafo e incisos a) y b) y se adiciona con una fracción VII; se prevé en la fracción III que aumentan las cuotas para el examen para aspirante a mandatario de agente aduanal o agencia aduanal en etapa de conocimientos de $5,043.86 a $5,887.03 y etapa psicotécnica de $5,043.86 a $5,402.43 y se establece en la fracción VII que se pagará la expedición de la autorización de agencia aduanal.
3. Almacenaje y custodia de mercancías: Se reforma el artículo 41 primer párrafo y fracción I, para disponer que ahora se pagará almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior en depósito ante la aduana en recintos fiscales, después de vencidos los plazos y aumenta de 5 a 7 días en recintos fiscales que se encuentren en aduanas de tráfico marítimo.
Igualmente, se reforma el artículo 42 primer párrafo, el pago del Derecho por el manejo, almacenaje y custodia, en recintos fiscales, de mercancías de comercio exterior en depósito ante la aduana, donde antes solo se pagaba por derecho de almacenaje.
4. Servicios consulares: Se establece que los pasaportes que se expidan de emergencia tengan un costo del 30 % adicional al costo de expedición de los ordinarios.



a) Expedición o reposición de la constancia de pruebas de conformidad del sistema de identificación y seguimiento de largo alcance de los buques.
b) Expedición, reposición o renovación de la autorización como organización de protección reconocida.
c) Asignación de número de registro permanente y certificado de aprobación marítima como instalación receptora de derechos.
d) Autorización a terceros para efectuar el servicio de inspección submarina a embarcaciones y artefactos navales nacionales,
e) Asignación de número de registro permanente y certificado de aprobación marítima a estaciones de servicio para el mantenimiento a equipos de radiocomunicación marítima e instalaciones eléctricas.
8. Derechos derivados de una concesión minera: Se establece que serán sujetos al pago de un derecho especial y extraordinario sobre minería por la obtención de ingresos derivados de la enajenación o venta de la actividad extractiva.

De igual forma, en el numeral 194-N-2, fracción I, se prevé un aumento a la cuotas para evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición de cada certificado fitosanitario para la importación de productos y subproductos forestales de $1,389.24 a $1,430.50; en la fracción II, se aumenta a $33.01 la cuota de excepción, evaluación de la solicitud, verificación de la calidad fitosanitaria de los embarques y, en su caso, la expedición de cada certificado fitosanitario internacional para la exportación o la reexportación de materias primas o productos forestales y en la fracción III, se incrementa la cuota de recepción, evaluación de la solicitud y, en su caso, la emisión del dictamen técnico de determinación taxonómica de muestras entomológicas o patológicas detectadas en productos y/o subproductos forestales de importación.

11. Aguas residuales: Se modificaron los pagos por derecho.
12. Aprobación de auditor ambiental: Se establece el pago del Derecho por la aprobación de auditor ambiental en cualquiera de sus modalidades, por la cantidad de $$1,075.80 pesos.

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