En julio de 2025, el gobierno de México aprobó una reforma a la Ley General de Población, que marcó un cambio importante en la forma en que se identificará oficialmente a las personas en el país. Esta reforma establece que la Clave Única de Registro de Población (CURP), que antes solo contenía datos básicos como nombre, fecha de nacimiento y lugar de origen, ahora incluirán datos biométricos, como huellas dactilares y fotografía.
Este cambio significa que la CURP dejará de ser solo un código de registro y se convertirá en un documento oficial de identidad, válido en todo el país, tanto en formato físico como digital. Con esto, las autoridades buscan tener un sistema de identificación más seguro, confiable y fácil de usar para todos los trámites, tanto públicos como privados. Además, se creó una plataforma nacional para administrar esta información y asegurar que cada persona esté registrada correctamente.
La reforma por el que se implementa la nueva CURP biométrica busca modernizar el sistema de identificación en México, haciéndolo más eficiente y útil en la vida diaria, al tiempo que plantea nuevos retos en materia de privacidad y protección de datos.
Los artículos 91 al 91 Sexies de la Ley General de Población, fueron reformados con la finalidad de regular de forma integral la CURP y su evolución hacia un sistema de identificación biométrico nacional.
A través de dicha reforma, se estableció que la CURP será la fuente única de identidad oficial en México para todas las personas, incluyendo a los extranjeros con residencia legal. Deberá contener datos personales básicos como nombre, fecha de nacimiento, nacionalidad, sexo o género y lugar de nacimiento. Esta clave debe integrarse desde el nacimiento o al momento de regularizar la estancia en el país.
La CURP biométrica, además de los datos tradicionales, incorporará huellas dactilares y fotografía del titular. Esta versión tendrá formatos físico y digital, y será de uso obligatorio en todo el territorio nacional. Las instituciones públicas y privadas deberán aceptarla sin excepción y la captura de datos biométricos podrá hacerse directamente o mediante transferencia de datos de otros documentos oficiales, con el consentimiento informado del titular.
Con la reforma, se creó la Plataforma Única de Identidad, como una base nacional que permitirá consultar, validar y gestionar la CURP biométrica, funcionando como el Servicio Nacional de Identificación Personal, con interoperabilidad entre dependencias. Mientras que, la versión digital de la CURP biométrica estará a cargo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, quien será la responsable de su emisión, seguridad y funcionamiento en medios electrónicos.
El decreto de reforma entró en vigor el 17 de julio de 2025 y de acuerdo con lo establecido en el DOF, la Plataforma Única de Identidad debe desarrollarse en un plazo no mayor a 90 días naturales. En ese mismo lapso, las autoridades deberán dar a conocer los mecanismos que permitan la consulta, transferencia y validación de la información correspondiente para que los mexicanos puedan integrar su CURP en el sistema. Por lo que se prevé del 4 al 16 de octubre de 2025 la plataforma operativa, en enero de 2026 la Apertura de módulos para trámite público, y en febrero su obligatoriedad.
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