La Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior de la Secretaría de Economía emitió el 8 de agosto de 2025 un comunicado oficial dirigido a todos los usuarios del comercio exterior, en el que informa que el “Acuerdo que sujeta al requisito de aviso automático de exportación las mercancías que se indican” no entrará en vigor ni será aplicable en ningún momento, a partir del 11 de agosto de 2025. Esta decisión pone fin a un proceso de incertidumbre que comenzó con la publicación del acuerdo el 3 de junio de 2025, cuya entrada en vigor fue pospuesta en tres ocasiones mediante oficios oficiales.

Inicialmente, el Acuerdo —publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 3 de junio de 2025— preveía la obligatoriedad de presentar un aviso automático de exportación para ciertas mercancías, como parte de un esquema de mayor control y trazabilidad en las operaciones de salida de bienes del país. Sin embargo, tras consultas con el sector privado, operadores logísticos y agentes aduanales, se determinó que la medida requería ajustes regulatorios y técnicos que no podían implementarse de forma inmediata sin afectar la eficiencia del comercio exterior.

En respuesta, la autoridad otorgó tres prórrogas sucesivas mediante oficios 516.2025.1850 (hasta el 7 de julio de 2025) y 516.2025.2089 (hasta el 11 de agosto de 2025), manteniendo en suspenso la aplicación del nuevo requisito. Ahora, con el presente comunicado, se anuncia que el Acuerdo no se aplicará en absoluto, incluso si el Acuerdo que lo abroga aún no ha sido publicado formalmente en el DOF.

Este cambio se alinea con el anteproyecto ya disponible en el portal de la Agencia Nacional de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ANTDT), que formaliza la derogación del mecanismo de aviso automático. Con esta decisión, la autoridad busca brindar certeza jurídica y operativa a los exportadores, evitando cargas administrativas innecesarias y posibles interrupciones en el despacho aduanero.

Como consecuencia directa, los usuarios del comercio exterior no estarán obligados a presentar avisos automáticos de exportación respecto de las mercancías que originalmente se contemplaban en el Acuerdo. Esta medida beneficia especialmente a pequeñas y medianas empresas (PyMEs), que podrían haber enfrentado dificultades técnicas y económicas para adaptarse al nuevo sistema sin apoyo suficiente.

La decisión refleja una evolución en la política de facilitación comercial de México, en la que se prioriza el equilibrio entre control aduanero y agilidad en el flujo de mercancías. La Secretaría de Economía reitera su compromiso con un entorno de comercio exterior predecible, transparente y alineado con las mejores prácticas internacionales.

Fuente: SNICE

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