Política de Competencia en el T-MEC
Este capítulo tiene como objetivo establecer un marco robusto y mejorado para asegurar el debido proceso en la aplicación de las respectivas leyes de competencia, fortalecer la coordinación y cooperación entre las autoridades de competencia de la región de América del Norte y establecer mecanismos que coadyuven al intercambio de información en la materia, así como la posibilidad de celebrar consultas derivadas de la implementación de este capítulo.

- Reflejar la reforma en materia de competencia económica, así como las mejores prácticas internacionales, en la materia.
- Fortalecer la cooperación y coordinación de las autoridades responsables de la política de competencia de las Partes.
A continuación hacemos referencia a los aspectos más relevantes:
- Se establecen disciplinas en materia de cooperación, protección al consumidor, transparencia y consultas.
- Se prevén disposiciones para asegurar el debido proceso en la aplicación de las respectivas leyes de competencia de las Partes, así como una mejor coordinación y cooperación de las autoridades responsables de la política de competencia de las Partes, en materia de protección al consumidor, transparencia, consultas, intercambio de información y equidad procesal.
- En materia de cooperación, se establece compromisos para permitir la negociación de instrumentos de cooperación entre las autoridades de la región de América del Norte que podrá incluir intercambio de información y asistencia legal mutua.
- Sobre protección al consumidor, se establecen compromisos para adoptar o mantener leyes que prohíban actividades comerciales fraudulentas y engañosas, y se promueve la cooperación y coordinación en asuntos relacionados con actividades comerciales fraudulentas y engañosas que pueden afectar a los consumidores de las Partes.
- En lo que se refiere a la transparencia, se dispone un compromiso de compartir información pública relacionada con sus políticas y prácticas de aplicación de sus leyes de competencia y de ser el caso, las exenciones e inmunidades de sus leyes nacionales de competencia.
- De igual forma, se prevé la posibilidad de celebrar consultas sobre cualquier asunto que surja en virtud del capítulo y se establece el compromiso de hacer los mejores esfuerzos para proporcionar información relevante no confidencial y no privilegiada por las Partes.

- Garantizar a los agentes económicos la libre concurrencia a los mercados y la eficiencia de los mismos, a través del debido proceso en la aplicación de la Ley Federal de Competencia Económica.
- Proteger a los consumidores ante prácticas comerciales fraudulentas y engañosas.


