Auditoría preventiva de Comercio Exterior, como herramienta para evitar futuras sanciones

Por otro lado, entre mayor es el número de obligaciones impuestas al sector manufacturero y de maquila de exportación, mayor es también el número de beneficios que estas empresas adquieren al adherirse a alguno de los programas de fomento emitidos por el Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Economía, siendo el Programa para el fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, así como los Programas Sectoriales, mejor conocidos como Programas IMMEX y PROSEC, los que más facilidades fiscales y administrativas arrojan para este sector de la industria mexicana, ya que, entre otros, se encuentra la exención o disminución de los aranceles a los cuales se sujetan las mercancías de comercio exterior (bajo ciertos requisitos) y la importación temporal de insumos y bienes de activo fijo consistentes en maquinaria y equipo que la empresa requiera para efectos de llevar a cabo sus procesos productivos de mercancías.
A su vez, la rama de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación cuenta con demás facilidades fiscales, como las relacionadas a aquellas empresas que cuentan con registro en el esquema de certificación a que se refieren los artículos 100-A y 100-B de la Ley Aduanera, especialmente para las empresas certificadas en materia de IVA e IEPS en cualquiera de sus rubros, mediante la generación de un crédito fiscal por concepto del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) en su caso, que se causen con motivo de la importación de insumos y materias primas que vayan a formar parte de un proceso productivo, para lo cual el impuesto que se debió enterar al momento de la importación de dichas mercancías, se registra en un sistema denominado Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías, controlado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en coadyuvancia con la información de las operaciones que se tramitan y son proporcionadas por la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), por lo que los contribuyentes deben de demostrar el retorno al extranjero, cambio de régimen, transferencia virtual o, el efectivo descargo de las mismas, debiendo transmitir a dicho sistema la información que compruebe que las mercancías a las cuales se les aplicó el crédito por concepto del Impuesto al Valor Agregado, fueron descargadas dentro del plazo de permanencia en territorio nacional, con la finalidad de exentar el pago del impuesto en cuestión.



Para finalizar, y a manera de sugerencia, se recomienda a las empresas que realizan operaciones de comercio exterior, independientemente de las facilidades administrativas o programas de fomento autorizados, que las revisiones o auditorías preventivas periódicas sean llevadas a cabo por personal capacitado en la materia, que cuente con experiencia en el ramo y que sea susceptible de detectar a tiempo las irregularidades cometidas o que se continúen realizando, a fin de corregirlas a la brevedad, antes de que estas sean descubiertas por las autoridades fiscales y aduaneras en el ejercicio de sus facultades de comprobación, con el propósito de prevenir sanciones que van desde la imposición de créditos fiscales exigibles, hasta la cancelación de los beneficios que representa el contar con autorización para operar un Programa de fomento o bien, de la Certificación en Materia de IVA e IEPS.
En Stratego, brindamos cobertura permanente para las empresas que realizan operaciones de Comercio Exterior, mediante una auditoría preventiva y continua sobre los rubros más fiscalizables por la autoridad, acompañando a nuestros clientes adicionalmente, con Asesoría y Capacitación especializada.
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