En los últimos días, han circulado en diversos medios de comunicación informaciones relacionadas con presuntas visitas domiciliarias masivas realizadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a contribuyentes en diferentes regiones del país. Ante ello, se han emitido declaraciones oficiales con la finalidad de aclarar y desmentir tales versiones.
Primero, se ha señalado que es falso que durante el mes de junio el SAT esté llevando a cabo un operativo de visitas domiciliarias masivas orientadas a imponer multas o sanciones a ciudadanos. Esta actividad no forma parte de ninguna estrategia generalizada ni indiscriminada por parte del organismo fiscal.
Asimismo, se descartó que exista un plan específico dirigido hacia algún régimen o tipo de contribuyente en particular, como puede ser el caso de trabajadores asalariados, profesionistas que reciben honorarios, arrendadores, personas inscritas al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), jubilados o incluso personas morales.
De manera especial, se destacó que las personas jubiladas y pensionadas no son consideradas un grupo prioritario para este tipo de revisiones. Únicamente en situaciones excepcionales y debidamente justificadas podría darse una revisión puntual, siempre bajo criterios objetivos de análisis.
El SAT cuenta legalmente con la facultad de realizar visitas domiciliarias, tal como lo establece el Código Fiscal de la Federación. Sin embargo, estas acciones se ejecutan únicamente cuando se identifican riesgos fiscales concretos y previamente evaluados mediante mecanismos técnicos y transparentes.
En caso de que se realice alguna visita domiciliaria, esta tiene como propósito verificar que los contribuyentes cumplan adecuadamente con sus obligaciones fiscales, garantizando en todo momento el respeto a sus derechos humanos y fundamentales.
Fuente: Servicio de Administración Tributaria
https://www.gob.mx/sat/prensa/tarjeta-informativa-399857?idiom=es
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