El Servicio de Administración Tributaria informó que el periodo para presentar la Declaración Anual 2025 de personas físicas estará disponible del 1 al 30 de abril de 2026, las 24 horas del día, a través del Portal del SAT. La autoridad fiscal hace un llamado a los contribuyentes para cumplir con esta obligación dentro del plazo legal establecido, recordando que el trámite es completamente gratuito y puede realizarse desde cualquier dispositivo con conexión a internet.
La presentación de la Declaración Anual es obligatoria para las personas que obtuvieron ingresos por sueldos y salarios cuando la totalidad de sus ingresos anuales por este concepto excede los 400 mil pesos, cuando trabajaron para un solo empleador pero dejaron de laborar antes del 31 de diciembre de 2025, cuando obtuvieron ingresos distintos de salarios, cuando trabajaron de manera simultánea para dos o más empleadores, cuando los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener el ISR, cuando obtuvieron ingresos adicionales por indemnización, o cuando los ingresos por jubilación o pensiones exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Asimismo, deben declarar quienes percibieron ingresos por servicios profesionales, actividades empresariales, incluyendo plataformas tecnológicas, región fronteriza y Régimen de Incorporación Fiscal con coeficiente de utilidad, arrendamiento de bienes inmuebles, enajenación o adquisición de bienes, así como por intereses o dividendos. Cabe destacar que las personas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) pueden quedar relevadas de presentar la Declaración Anual, y aquellas que apliquen lo establecido en las reglas 3.13.20 y 3.13.21 pueden optar por presentarla voluntariamente.
Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de esta obligación, el SAT implementó diversas mejoras y actualizaciones al formulario de declaración. Entre ellas destaca que, para agilizar el llenado, se deberá completar cada apartado de la declaración antes de avanzar al siguiente. También se muestra el detalle de otros ingresos exentos, desglosando las percepciones identificadas en el CFDI de nómina que los trabajadores obtuvieron en el ejercicio. Se incorpora la precarga sugerida de la información de los retenedores para quienes declaran por Actividad empresarial, Arrendamiento, RESICO y Plataformas tecnológicas, información que también puede consultarse en el nuevo Visor de retenciones. Las personas con ingresos por intereses pagados por SOFIPOS verán dos campos para capturar el monto de los intereses gravados y exentos. Además, se integran nuevas funcionalidades para aplicar los estímulos previstos en el Plan México, dirigidas a contribuyentes que cuentan con Constancia de Autorización, y se presentan mensajes de carácter informativo para dar a conocer al contribuyente su situación en caso de modificar los datos precargados. En el apartado de “Deducciones personales” se mostrarán los CFDI que tengan alguna inconsistencia; estos se ubican en el campo “Sin clasificación” y podrán ser reclasificados o agregados manualmente, siempre que se cuente con la documentación soporte correspondiente.
Para presentar la Declaración Anual se requiere contar con Contraseña o e.firma activa. Es importante señalar que, cuando el resultado de la declaración sea un saldo a favor igual o mayor a 10 mil un peso, deberá enviarse forzosamente con e.firma. Por otra parte, a los contribuyentes que se les determine impuesto a pagar podrán cubrirlo hasta en seis parcialidades, siempre que presenten la declaración y realicen el pago de la primera parcialidad en abril de 2026.
En caso de tener dudas o requerir orientación sobre la Declaración Anual 2025 de personas, el SAT dispone de diversos medios de atención. Los contribuyentes pueden contactar a MarcaSAT al 55 627 22 728, opción 2, subopción 0, para atención personalizada de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, excepto días inhábiles. También está disponible la asistencia telefónica virtual las 24 horas, los 7 días de la semana; el chat uno a uno en chat.sat.gob.mx; el servicio OrientaSAT; la Oficina Virtual previa cita en citas.sat.gob.mx; y los casos de aclaración a través del Portal del SAT.
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Fuente: Servicio de Administración Tributaria
https://www.gob.mx/sat/prensa/llama-sat-a-presentar-la-declaracion-anual-2025-de-personas-21-2026?idiom=es
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