El Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior, también conocido como RAOCE por sus siglas, es una obligación con la que deben cumplir las empresas que cuentan con programas PROSEC, IMMEX, ALTEX y/o ECEX. En dicho informe deben de detallarse tanto el total de las ventas, las exportaciones e importaciones, así como de la relación de bienes producidos por producto (especificando la fracción arancelaria) conforme el ejercicio fiscal del año que corresponde, esto se presenta con la finalidad de que la empresa pueda seguir gozando de los beneficios aduaneros y fiscales que se le otorgan al pertenecer en los programas mencionados, así como evitar la suspensión de este.
La fecha para presentar este reporte anual respecto del Programa PROSEC es antes del último día hábil del mes de abril de cada año. Para presentarlo respecto al Programa IMMEX la fecha comienza a partir del primer día del mes de abril y con limite el último día hábil del mes de mayo de cada año. En relación con las empresas que pertenecen a Programas ALTEX y ECEX deberán presentar sus reportes a más tardar el último día hábil del mes de mayo de cada año.
Las empresas que forman parte de uno o alguno de los Programas IMMEX, PROSEC, ALTEX y/o ECEX, están obligadas a presentar este informe ya que de no hacerlo corren el riesgo de merecer la suspensión automática de dicho(s) programa(s) y en caso de no regularizarse la situación recibir la cancelación de este. La información presentada debe detallar los datos mencionados debido a que de no hacerlo podría ser acreedor a sanciones y la suspensión de los programas.
Este reporte se presenta en línea a través del uso de la ventanilla única utilizando el sitio www.ventanillaunica.gob.mx utilizando la e. Firma vigente, en el apartado de Tramites y la sección de Solicitudes nuevas para posteriormente seleccionar en la dependencia de Secretaría de Economía y seleccionar la opción de Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior para comenzar con el llenado de la información correspondiente de la empresa.
El RAOCE debe contener información detallada de las operaciones realizadas durante el año anterior (ejercicio fiscal inmediato anterior). A través de la VUCEM, se reporta principalmente la siguiente información:
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- Ventas totales de la empresa (facturación total, tanto al mercado nacional como de exportación).
- Exportaciones realizadas, desglosadas en ventas al mercado nacional y al mercado internacional (exportaciones directas e indirectas).
- Importaciones temporales realizadas al amparo de los programas IMMEX y PROSEC.
- Porcentaje de exportación, el cual es calculado automáticamente por el sistema de la VUCEM. Este porcentaje debe cumplir con el requisito mínimo establecido para mantener los beneficios de los programas.
Consideraciones generales
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- Empresas que cuenten con Programa IMMEX que además estén bajo alguno de los otros 3 programas mencionados anteriormente (PROSEC, ALTEX y/o ECEX) solo están obligados a capturar las ventas totales y el total de las exportaciones, es decir que en este caso el apartado de ¨Total de importaciones¨ no será habilitado.
- Empresas que solamente cuenten con Programa PROSEC están obligados a capturar sus ventas totales, el total de las importaciones y de exportaciones, información que deberá ser referente de los bienes producidos al amparo de dicho programa.
- En todos los casos los campos deben de llenarse en miles de pesos, del cual el sistema convierte de manera automática a dólares.
Vigencia
La vigencia de este trámite es de 1 año a partir de ser presentado.
Programa PROSEC
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- Fecha límite de presentación del reporte anual: 30 de abril.
- Si no se presenta antes de esa fecha, el programa PROSEC se suspende de forma automática (a partir del 1 de mayo).
- Si la situación no se regulariza (es decir, no se presenta el reporte) antes del 30 de junio, el programa será cancelado de manera definitiva.
Programa IMMEX
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- Fecha límite de presentación del RAOCE (Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior): 31 de mayo.
- Si no se presenta antes de esa fecha, el programa IMMEX se suspende automáticamente a partir del 1 de junio.
- Si la omisión no se subsana (no se presenta el reporte) antes del 31 de agosto, el programa será cancelado de forma definitiva.
En St Stratego brindamos asesoría especializada en la gestión y cumplimiento de programas de fomento al comercio exterior, enfocada en empresas que operan bajo IMMEX y PROSEC, así como en el correcto cumplimiento de obligaciones como la presentación del Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior (RAOCE).
Nuestro equipo acompaña a las empresas en la obtención, administración y mantenimiento del Programa IMMEX, así como en la correcta aplicación de PROSEC, asegurando el aprovechamiento de beneficios arancelarios y el cumplimiento de las disposiciones aplicables en materia aduanera y fiscal.
Asimismo, ofrecemos apoyo integral en la integración, validación y presentación del RAOCE, verificando la consistencia de la información reportada, el cumplimiento de los requisitos establecidos por la autoridad y la correcta alineación entre datos operativos, aduaneros y fiscales, con el objetivo de evitar inconsistencias y riesgos de cancelación de programas.
Contáctenos a través del correo electrónico; info@stratego-st.com o al 800 62 60155 para recibir acompañamiento experto en la presentación del RAOCE.
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