El 31 de julio de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Aviso mediante el cual la Secretaría de Economía da a conocer el monto del cupo máximo para exportar azúcar originaria de México hacia los Estados Unidos de América (EUA), correspondiente al ciclo azucarero comprendido entre el 1 de octubre de 2026 y el 30 de septiembre de 2027. Este instrumento administrativo, fundamentado en el Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar publicado originalmente en 2017 y modificado posteriormente, establece un volumen total de 610,573.919 toneladas métricas valor crudo (TMVC). La publicación cumple con lo dispuesto en el Punto 13 del Acuerdo vigente, el cual mandata que el cálculo inicial del cupo se realice en julio de cada año, tomando como referencia las estimaciones de oferta y demanda agropecuaria mundial (WASDE) emitidas por el Departamento de Agricultura de los EUA (USDA).
La determinación del cupo total responde a una fórmula técnica precisa definida como CTt = mín [(Xt * Z), Yt], donde convergen variables de mercado internacional y capacidades de producción doméstica. El componente Xt representa las necesidades totales de importación de EUA, calculadas a partir del informe WASDE de julio de 2026. Para dicho periodo, el uso total estimado fue de 12,571,000 toneladas cortas valor crudo, ajustado por un factor de seguridad de 1.135 y descontando inventarios iniciales, producción interna e importaciones bajo otros programas. Tras aplicar los factores de conversión pertinentes de toneladas cortas a toneladas métricas (dividiendo entre 1.10231125), se obtuvo una necesidad neta de 1,221,147.838 TMVC. Al multiplicar esta cifra por el coeficiente Z de 0.5 aplicable al mes de julio, resultó un primer valor de referencia de 610,573.919 TMVC.
Simultáneamente, la variable Yt refleja el excedente de oferta nacional validado por el Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar (CONADESUCA). Este indicador se deriva del balance azucarero proyectado para el ciclo 2026-2027, considerando una oferta total de 6,291,148 toneladas métricas, un consumo nacional de 4,368,426 toneladas y un inventario final proyectado de 903,839 toneladas. El diferencial resultante, convertido a valor crudo mediante el factor 1.06, arrojó un excedente disponible de 1,080,015.980 TMVC. Dado que la normativa exige seleccionar el menor valor entre la proporción de la necesidad estadounidense y el excedente mexicano disponible, el cupo total se fijó técnicamente en 610,573.919 TMVC, al ser este inferior al límite físico de producción exportable.
En cumplimiento del Punto 15 del Acuerdo, se especifica que la primera asignación directa derivada de este cálculo asciende a 366,344.351 TMVC. Es importante destacar que este monto inicial está sujeto a ajustes ordinarios programados para septiembre, diciembre y marzo del ciclo azucarero, los cuales dependerán de las actualizaciones mensuales del reporte WASDE y de las variaciones en el balance nacional. La vigencia de esta asignación abarca todo el ciclo comercial 2026-2027, proporcionando certidumbre jurídica y operativa a los ingenios y comercializadores autorizados. Los agentes económicos del sector agroindustrial deben considerar estos parámetros técnicos para su planeación logística y comercial, asegurando el cumplimiento estricto de los permisos previos de exportación y monitoreando las futuras publicaciones de la Secretaría de Economía en el portal del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE) para cualquier modificación subsecuente al contingente establecido.
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Fuente: Diario Oficial de la Federación
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5795170&fecha=31/07/2026#gsc.tab=0
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