El 17 de septiembre de 2026, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió el Comunicado No. 73, mediante el cual se expone la propuesta de actualización de la tasa del Derecho por uso, goce o aprovechamiento de las vías férreas. Esta iniciativa, remitida por el Ejecutivo Federal al Poder Legislativo como parte integral del Paquete Económico 2027, plantea modificar la contraprestación económica aplicable a aquellas concesiones ferroviarias que han superado los quince años de vigencia.
La modificación proyectada para este sector incrementa la tasa del 1.25 al 3 por ciento sobre los ingresos brutos de las empresas concesionarias, lo que equivale a un aumento de 1.75 puntos porcentuales y representa una variación relativa del 140 por ciento. De acuerdo con la dependencia, este ajuste responde a la necesidad de actualizar una figura fiscal que no ha registrado cambios desde la década de los noventa, con el objetivo de reconocer el valor actual de la explotación de activos que son patrimonio de la Nación. Adicionalmente, el esquema normativo conserva una tasa preferencial del 0.5 por ciento durante los primeros 15 años de las nuevas concesiones, preservando así los incentivos para la inyección de capital y el desarrollo de nueva infraestructura.
Desde una perspectiva comparativa, la tasa propuesta del 3 por ciento se sitúa por debajo de las contribuciones aplicadas a infraestructuras similares otorgadas por la Federación, tales como puertos marítimos y aeropuertos, donde los derechos pueden ascender hasta el 9 por ciento de los ingresos brutos, y se alinea o resulta inferior a las cargas de concesiones ferroviarias en otras jurisdicciones latinoamericanas. La Secretaría sostiene que esta medida no generará un impacto significativo en las tarifas de transporte ni en los precios finales de las mercancías, dado el bajo peso ponderado de este derecho en la estructura de costos de las empresas y en el Índice Nacional de Precios al Consumidor. Finalmente, el gobierno mantendrá un seguimiento a la evolución tarifaria y logística para evitar distorsiones en el mercado, buscando un equilibrio técnico entre la rentabilidad de los concesionarios, la competitividad del transporte ferroviario y la justa recuperación estatal por el uso de bienes públicos.
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Fuente: Servicio de Administración Tributaria
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