El 18 de septiembre de 2026, el Diario Oficial de la Federación publicó el Oficio 500-05-00-00-00-2026-24366, emitido con fecha del 17 de julio de 2026 por la Administración Central de Fiscalización Estratégica del Servicio de Administración Tributaria. Este documento comunica el listado global definitivo de contribuyentes en términos del cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, formalizando la situación fiscal de aquellas entidades que no lograron desvirtuar las presunciones de irregularidad en sus operaciones.
El procedimiento se originó tras la detección por parte de las autoridades fiscales de contribuyentes que emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material necesarios para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes amparados en dichos documentos. En cumplimiento de la normativa vigente, se notificaron oficios de presunción individual, otorgando a los contribuyentes un plazo de quince días hábiles para presentar las manifestaciones y pruebas pertinentes que permitieran desvirtuar los hechos imputados.
Tras la recepción y valoración de la documentación y los argumentos presentados por los contribuyentes en el plazo establecido, las autoridades fiscales determinaron que la evidencia aportada fue insuficiente para desvirtuar los hechos señalados en los oficios de presunción. En consecuencia, se emitieron y notificaron las resoluciones definitivas correspondientes, fundamentando las razones por las cuales se mantuvo la determinación original.
Habiendo transcurrido el plazo legal de treinta días hábiles posteriores a la notificación de dichas resoluciones, y en ausencia de cualquier sentencia o resolución judicial que otorgue la suspensión o declare la nulidad del procedimiento, el Servicio de Administración Tributaria procedió a integrar los nombres, denominaciones o razones sociales de estos contribuyentes en el listado definitivo. Esta publicación, realizada en el portal institucional del SAT y en el Diario Oficial de la Federación, tiene efectos generales, estableciendo que los comprobantes fiscales expedidos por estas entidades no producen ni producirán efecto fiscal alguno, en estricto apego al quinto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. Esta medida busca detener la facturación de operaciones inexistentes y garantizar la transparencia pública respecto a los actores que incurren en estas prácticas.
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R.F.C. |
Nombre, denominación |
Número y fecha de |
Autoridad emisora |
Medio de notificación al contribuyente |
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Estrados de la autoridad |
Notificación personal |
Notificación por Buzón |
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Fecha de |
Fecha en que |
Fecha de |
Fecha en que |
Fecha de |
Fecha en que |
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1 |
CACX921104F80 |
CASTILLO CASAS |
500-42-00-03-00- |
Administración |
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05 de diciembre |
08 de |
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2 |
HEMC771223RJ1 |
HERNANDEZ MEJIA |
500-29-00-04-01- |
Administración |
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09 de diciembre |
10 de diciembre |
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3 |
MCO231102LQ2 |
MALAWI |
500-42-00-05-02- |
Administración |
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23 de octubre |
24 de octubre |
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4 |
PSC070711NF3 |
PLA SERVICES AND |
500-25-00-05-01- |
Administración |
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01 de diciembre |
02 de |
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5 |
RED2303169L6 |
REDICIG, S.A. DE C.V. |
500-42-00-06-02- |
Administración |
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31 de octubre |
03 de |
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6 |
REM220811676 |
RECICLAJES EMPASC, |
500-42-00-06-03- |
Administración |
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31 de octubre |
03 de |
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7 |
SQF181005TT3 |
SERVICIOS QFW, S.A. |
500-18-00-07-02- |
Administración |
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08 de octubre |
09 de octubre |
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8 |
TEC220817Q25 |
TECTNE, S.A. DE C.V. |
500-42-00-04-03- |
Administración |
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28 de octubre |
29 de octubre |
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9 |
TRI220225KK2 |
TRIZO, S.A. DE C.V. |
500-42-00-04-04- |
Administración |
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29 de octubre |
30 de octubre |
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10 |
YCO200211RIA |
YILMAS CORPORATION, |
500-31-00-09-01- |
Administración |
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01 de octubre |
02 de octubre |
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Fuente: Diario Oficial de la Federación
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5799038&fecha=18/09/2026#gsc.tab=0
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