El 13 de octubre de 2026, la Presidencia de la República, encabezada por la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto mediante el cual se modifica temporalmente la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación. Esta disposición normativa tiene como objetivo principal exentar del pago del arancel ad valorem a la importación de mercancías clasificadas en la fracción arancelaria 9803.00.01, la cual corresponde a partes y componentes para el ensamble de automóviles destinados a empresas de la industria automotriz terminal que cuenten con autorización de depósito fiscal y cumplan con los lineamientos establecidos por la Secretaría de Economía.

La medida se enmarca en los lineamientos estratégicos del Plan México y del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, buscando fortalecer la industria nacional, fomentar la sustitución de importaciones y atraer inversiones orientadas a la relocalización de empresas. Al modificar la cuota arancelaria de un diez por ciento a la condición de exento, el gobierno federal pretende reducir los costos de establecimiento y operación de nuevos proyectos automotrices, incentivando modelos de ensamble tipo Semi Knocked Down o Completely Knocked Down como etapa inicial para el desarrollo de procesos de manufactura de mayor complejidad y la integración progresiva de proveeduría local.

El decreto establece en su artículo transitorio que la modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el órgano oficial de difusión y tendrá una vigencia de cinco años contados a partir de dicha entrada en vigor. Esta temporalidad busca ofrecer un marco de certidumbre jurídica a los inversionistas, facilitando la planeación a largo plazo para la instalación de líneas de producción en el territorio nacional, lo cual se alinea con las atribuciones constitucionales del Ejecutivo Federal para regular el comercio exterior en beneficio de la estabilidad de la producción nacional y el crecimiento económico.

En St Stratego ponemos a disposición de las empresas un conjunto de servicios independientes de consultoría, auditoría y cumplimiento en comercio exterior, orientados a fortalecer sus procesos aduaneros, mejorar sus controles y promover una gestión adecuada de las operaciones internacionales.

Ofrecemos acompañamiento especializado en IMMEX, PROSEC, Certificación de IVA e IEPS, OEA y CTPAT, apoyando a las organizaciones en la obtención, renovación y mantenimiento de estos programas y certificaciones, así como en la atención de los requisitos aplicables. De igual forma, brindamos asesoría sobre cuotas compensatorias, incluyendo el análisis de su aplicabilidad, determinación y cumplimiento, con énfasis en la prevención de riesgos asociados con las importaciones.

Nuestros servicios de auditoría general de comercio exterior comprenden la revisión de operaciones de importación y exportación, clasificación arancelaria, contribuciones, documentación soporte, regulaciones y restricciones, controles internos y demás obligaciones aduaneras. A partir de este análisis, identificamos posibles inconsistencias y áreas de oportunidad que permitan fortalecer los procedimientos y prevenir contingencias.

Por separado, Compliance 360 en Comercio Exterior está enfocado exclusivamente en auditorías preventivas, mediante las cuales evaluamos el cumplimiento de las empresas, identificamos riesgos potenciales y contribuimos a establecer medidas de corrección y mejora antes de una eventual intervención de la autoridad.

Nuestro compromiso es apoyar a las empresas en la consolidación de procesos aduaneros más sólidos, la mitigación de riesgos económicos y regulatorios, la continuidad de sus programas y certificaciones, y el desarrollo de operaciones internacionales más ordenadas, confiables y eficientes.

Contáctenos a través del correo electrónico; info@stratego-st.com o al 800 62 60155 para recibir acompañamiento experto.

Fuente: Diario Oficial de la Federación

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5800977&fecha=13/10/2026#gsc.tab=0

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