Durante los últimos meses, las empresas certificadas en IVA e IEPS han enfrentado un entorno notablemente más estricto. La autoridad aduanera y fiscal ha incrementado los requerimientos de información, solicitudes de comprobación operativa e incluso ha iniciado suspensiones y cancelaciones de manera más frecuente que en años anteriores. Este endurecimiento no responde a un solo factor, sino a una combinación de ajustes normativos, nuevas facultades de supervisión y una política más enfocada en la trazabilidad y la integridad de la cadena logística.

El año 2025 llegó con cambios puntuales en las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) que explican este nuevo escenario. Si bien muchas obligaciones ya existían, ahora se encuentran definidas con mayor precisión, tienen plazos más cerrados o se han convertido en causales directas de cancelación.

1. Supervisión constante y mayor amplitud de requerimientos.

Las reglas reformadas permiten a la autoridad solicitar información “en cualquier momento”, especialmente aquella relacionada con controles de inventarios, infraestructura, procesos productivos y vínculos con terceros. Lo relevante no es solamente la frecuencia, sino el enfoque: la autoridad ya no espera a la renovación para revisar, ahora revisa de manera continua.

2. Causales de cancelación más específicas y aplicadas con mayor rigor.

Las RGCE 2025 profundizan en las causales de cancelación, lo que en la práctica ha derivado en más procedimientos. De las causales que se están aplicando con mayor intensidad destacan:

  • No desvirtuar inconsistencias detectadas en un requerimiento.
  • No presentar avisos obligatorios dentro de los plazos (particularmente los tramitados mediante la ficha 62/LA).
  • Falta de infraestructura o ausencia de evidencia del proceso productivo por el cual se obtuvo la certificación.
  • Sistemas de control de inventarios no automatizados o no conciliados.
  • Proveedores, clientes o socios no localizables, cancelados o vinculados con operaciones de riesgo.
  • No localización de la empresa en su domicilio fiscal o establecimientos.
  • Importaciones temporales fuera del proceso productivo declarado o sin documentación soporte.

La autoridad está interpretando estas causales sin flexibilidad, especialmente cuando identifica inconsistencias operativas relacionadas con trazabilidad.

3. El nuevo plazo de 60 días tras cancelación o expiración

Una novedad crítica es el plazo de 60 días naturales que tienen las empresas cuando su certificación expira o es cancelada. En este periodo deben:

  • Destinar las mercancías a alguno de los supuestos permitidos por la normatividad (regularización, retorno, cambio de régimen, entre otros).
  • Presentar informes de descargo con documentación soporte.

Si estos pasos no se cumplen, la empresa pierde el beneficio del crédito fiscal y está obligada a pagar el IVA/IEPS correspondiente, con actualización, recargos y el uso del formato D9. Este punto se ha convertido en uno de los detonadores principales de observaciones y créditos.

Además de los cambios normativos, existen elementos operativos y comunicados institucionales que han reforzado esta tendencia:

  • La autoridad ha anunciado su intención de fortalecer la vigilancia en certificaciones y esquemas de confianza.
  • Existen coordinaciones entre SAT y la ANAM enfocadas en depurar padrones y registros, lo que ha resultado en cancelaciones alineadas a ambos frentes.
  • Al comparar listados recientes, el número de empresas vigentes en IVA–IEPS ha disminuido, un indicador indirecto del endurecimiento regulatorio.

La lectura institucional es clara: el esquema de certificación se está depurando, priorizando a empresas que mantienen controles maduros y evidencias operativas robustas.

Del análisis de casos  generados en 2024–2025, los siguientes factores son los más recurrentes:

1. Incumplimientos de obligaciones formales

Muchos procedimientos se originan en incumplimientos aparentemente menores, como:

  • Avisos presentados fuera de plazo.
  • Cambios de socios, representantes, domicilios o procesos no informados.
  • Cesiones de operaciones o submaquilas no avisadas.

La autoridad está tratando estos incumplimientos no como errores administrativos, sino como focos de riesgo.

2. Trazabilidad e inventarios

La autoridad revisa con especial rigor:

  • Conciliaciones de inventarios temporales.
  • Evidencia del flujo real de mercancías.
  • Correspondencia entre BOM, procesos y saldos.

Cuando la empresa no logra demostrar trazabilidad clara, la autoridad presume inconsistencias y activa revisiones más profundas.

3. Riesgos con terceros

La certificación no solo exige cumplir internamente. Cada vez más, la autoridad analiza:

  • Proveedores que no existen, no están localizables o tienen CFDI inconsistentes (incluyendo aquellos enlistados dentro del procedimiento del numeral 69-B CFF).
  • Clientes o destinatarios cancelados o inexistentes.
  • Operaciones logísticas a través de terceros con antecedentes negativos.

Las relaciones con terceros se han convertido en un componente crítico de riesgo.

4. Falta de preparación ante requerimientos

Un comportamiento recurrente en 2025 es la rapidez con la que la autoridad inicia cancelaciones cuando la empresa:

  • No contesta a tiempo,
  • No aporta evidencia suficiente, o
  • Presenta documentos que no permiten verificar el proceso.

La ventana de respuesta es corta, y los criterios de validación son más estrictos.

Frente a este entorno, las empresas necesitan pasar de un enfoque reactivo a uno preventivo. Entre las medidas prioritarias se encuentran:

a) Inventarios y trazabilidad robusta.

  • Mantener sistemas automatizados actualizados.
  • Realizar conciliaciones mensuales contra Anexo 24/30.
  • Documentar salidas, submaquilas, retornos y regularizaciones con evidencia suficiente.

b) Control de avisos (62/LA)

  • Implementar un calendario interno para los plazos de avisos.
  • Mantener evidencia de presentación y acuses.

Los avisos extemporáneos están generando cancelaciones inmediatas.

c) Auditoría preventiva mensual.

Un ejercicio interno que revise:

  • Trazabilidad.
  • Domicilios y activos declarados.
  • Consistencia de operaciones IMMEX y flujos reales.
  • Relación con terceros y su estatus fiscal/aduanero.
  • Anexo 24/30.
  • Activo fijo.

d) Protocolo “Día 0” ante cancelación o expiración.

Las empresas deben tener un plan previamente diseñado con:

  • Equipo responsable.
  • Procedimiento de destinación de mercancías.
  • Plantillas de informes de descargo.
  • Preparación para pagos D9 si es necesario.

En un entorno de supervisión más agresivo, improvisar ya no es opción.

El esquema de Certificación IVA–IEPS se encuentra sometido a un proceso de depuración y fortalecimiento. Las reformas recientes, junto con la política de supervisión continua, han elevado significativamente el estándar de cumplimiento. La autoridad está priorizando la trazabilidad, la integridad documental, el uso oportuno de avisos y la solidez operativa.

Ante este panorama, la única estrategia viable es adoptar un modelo preventivo, basado en inventarios automatizados, controles internos sólidos y absoluta puntualidad en los avisos y requerimientos. Las empresas que transformen su cumplimiento hacia este enfoque no solo mantendrán su certificación, sino que podrán operar con mayor estabilidad en el entorno aduanero actual.

En este punto, ST Stratego se posiciona como un aliado especializado para acompañar a las empresas en este entorno de mayor escrutinio. Nuestro enfoque combina prevención, control y reacción estratégica, con base en una amplia experiencia tanto en el sector público como en el sector privado, lo que nos permite entender a detalle no solo las obligaciones normativas, sino también la manera en que las autoridades interpretan y aplican los criterios en la práctica.

Servicios preventivos:

  • Diagnósticos integrales del cumplimiento de la certificación IVA–IEPS.
  • Auditorías internas periódicas (inventarios, Anexo 24/30, trazabilidad, procesos IMMEX).
  • Revisión y calendarización de avisos obligatorios.
  • Fortalecimiento de controles operativos y documentales.
  • Capacitación especializada a equipos de comercio exterior, logística y cumplimiento.
  • Implementación de protocolos de atención preventiva ante visitas, requerimientos o verificaciones.

Servicios correctivos:

  • Atención estratégica de procedimientos de restricción, suspensión o cancelación de la certificación.
  • Integración de expedientes y evidencia para desvirtuar inconsistencias.
  • Acompañamiento en inspecciones, requerimientos y revisiones de AGACE/ANAM.
  • Regularización de inventarios y procesos para restablecer cumplimiento.
  • Diseño del protocolo “Día 0” en casos de cancelación o expiración, incluyendo destinaciones, informes y apoyo en pagos D9 cuando corresponda.
  • , requerimientos o verificaciones.

La combinación de nuestra experiencia en la administración pública y en la asesoría directa a empresas multinacionales, manufactureras, logísticas y del sector industrial, nos permite ofrecer soluciones que no solo cumplen con la norma, sino que se ajustan a la realidad operativa de cada organización.

En un entorno donde la autoridad ha incrementado la supervisión y donde los plazos son cada vez más estrictos, contar con un acompañamiento experto marca la diferencia entre mantener la certificación o enfrentar contingencias costosas. En ST Stratego, estamos preparados para apoyar a las organizaciones tanto en la prevención como en la respuesta efectiva ante cualquier escenario relacionado con la certificación IVA–IEPS y, en general, con todas sus obligaciones de comercio exterior.

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