La Secretaría de Economía, a través de su Subsecretaría de Industria y Comercio, decidió extender hasta el 1 de julio de 2026 la fecha límite para que las compañías cumplan con las recientes modificaciones a las reglas de comercio exterior. El pasado 29 de mayo se publicó en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo que modifica las Reglas y Criterios de Carácter General en materia de comercio exterior. Dentro de esos cambios estaban ajustes a la regla 2.4.11 y al Anexo 2.4.1, específicamente en lo que tiene que ver con dos normas técnicas; la NOM-001-SCFI-2018 y la NOM-024-SCFI-2013.
Originalmente, esas modificaciones entrarían en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, el 30 de mayo de 2026. Sin embargo, el gobierno reconoció algo fundamental, muchas empresas ya tenían sus operaciones de comercio exterior programadas con anticipación. Por eso, la Subsecretaría de Industria y Comercio tomó la decisión de prorrogar la aplicabilidad de esas modificaciones. No es una extensión general de todo el acuerdo, sino específicamente para las normas mencionadas.
Básicamente las empresas tienen hasta el 1 de julio de 2026 para ajustar sus procesos y cumplir con lo que establecen la NOM-001-SCFI-2018 y la NOM-024-SCFI-2013 en el marco de las nuevas reglas. La resolución ya fue publicada y también estará disponible en el portal del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE) en www.snice.gob.mx, para que cualquier persona o empresa interesada pueda consultarla directamente.
En St Stratego brindamos asesoría especializada en comercio exterior, apoyando a las empresas en la implementación, administración y optimización de programas de fomento que les permitan fortalecer su competitividad y aprovechar los beneficios disponibles para sus operaciones internacionales.
Nuestro equipo acompaña a las organizaciones en la obtención, modificación y mantenimiento de programas IMMEX y PROSEC, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos por la autoridad y asegurando la correcta aplicación de los beneficios arancelarios y operativos que estos esquemas ofrecen.
Asimismo, brindamos soporte en el análisis, integración y gestión de autorizaciones bajo Regla Octava, evaluando la viabilidad de las solicitudes y asegurando que las empresas cuenten con la documentación y justificación técnica necesarias para su correcta tramitación.
De manera complementaria, asesoramos en temas de clasificación arancelaria, regulaciones y restricciones no arancelarias, cumplimiento aduanero y atención de requerimientos de autoridad, con el objetivo de prevenir contingencias y fortalecer la operación internacional de nuestros clientes.
Contáctenos a través del correo electrónico; info@stratego-st.com o al 800 62 60155 para recibir acompañamiento experto.
Fuente: SNICE
https://www.snice.gob.mx/~oracle/SNICE_DOCS/PRORROGA-NOM-BOLETIN_20260529-20260529.pdf
Aviso Legal y Derechos Reservados

El contenido de este artículo tiene fines informativos y de divulgación general. No constituye una opinión legal, asesoría personalizada ni una consulta fiscal específica. En consecuencia, ST STRATEGO no asume responsabilidad alguna derivada de la interpretación o uso que se le dé al presente documento.
Queda estrictamente prohibida la reproducción total o parcial de esta publicación, por cualquier medio o formato, sin autorización previa, expresa y por escrito del autor. Cualquier uso no autorizado será sancionado conforme a lo dispuesto en la Ley Federal del Derecho de Autor y demás disposiciones aplicables.
Si desea ampliar la información aquí presentada o conocer más sobre nuestras soluciones en materia Legal, Fiscal y Comercio Exterior, no dude en contactarnos al correo: info@stratego-st.com




