El día 08 de septiembre de 2021, el poder ejecutivo presentó ante la Cámara de diputados el Paquete económico fiscal para el ejercicio 2022 el cual presentaba dentro de ella la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio 2022, misma que fue aprobada por el poder legislativo el día 26 de octubre de 2021.

Derivado de lo anterior, una vez aprobada la Ley de referencia, el día 12 de noviembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el “DECRETO por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2022” la cual establece los conceptos bajo los cuales se podrán captar los recursos financieros destinados a cubrir los gastos de la federación durante el ejercicio fiscal 2022.

La Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal para 2022, cuenta con 27 artículos, los cuales a grandes rasgos integran la siguiente información:

Concepto Ingreso Estimado a Obtener
Impuestos 3,944,520.6
Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social 411,852.5
Contribuciones 32.6
Derechos 47,193.5
Productos 7,918.8
Aprovechamientos 184,864.7
Ingresos por Ventas de Bienes, Prestación de Servicios y Otros ingresos 1,205,324.3
Participaciones, Aportaciones, Convenios, Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal y Fondos Distintos de Aportaciones 0
Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Subvenciones, y pensiones y Jubilaciones 370,928.1
Ingresos Derivados de Financiamientos 915,615.2

Total:

7,088,250.3

 

Como se puede observar de lo anterior, con la Ley de Ingresos se establece:

1) Captar para el Gobierno federal un total de 7 billones 88 mil 250.3 millones de pesos.

  • De esta cantidad, 3 billones 944 mil 520.6 millones provendrán de impuestos.

2) Se prevé un crecimiento del PIB de 4.1 por ciento para 2022 y un tipo de cambio de 20.3 pesos por dólar.

3) Se estima una producción de petróleo de mil 826 barriles diarios.

4) Se contempla una cotización promedio de la mezcla mexicana de petróleo de exportación de 55.1 dólares el barril.

5) Respecto a los recursos federales transferidos a las entidades federativas, establece que los Estados “podrán cubrir hasta en dos exhibiciones, durante el ejercicio fiscal, su aportación a los programas concurrentes en materia educativa para todos los niveles”.

-Los programas que prevean la aportación de recursos por parte de las entidades federativas, deberán estar sujetos a “el porcentaje o monto que corresponda aportar a las entidades federativas y, en su caso, a los municipios o demarcaciones territoriales de la Ciudad de México”. Este será establecido por las dependencias a cargo de los respectivos programas.

6) Se incluyó un artículo décimo transitorio sobre recursos y rendimientos de entidades y municipios.

7) No se contempla el aumento o la creación de nuevos impuestos

8) SI, se prevé un incremento en la recaudación de impuestos por fiscalización.

 

La citada Ley entrará en vigor el 1 de enero de 2022

 


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