El día de hoy 01 de diciembre de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Listado de empresas que se les notifico el oficio de RESOLUCIÓN DEFINITIVA conforme al cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

Por lo que, una vez detectado por parte de la autoridad la emisión de estos comprobantes fiscales la autoridad tiene la obligación de notificar al contribuyente mediante un oficio en cual se le informan las irregularidad  y así mismo se les otorga al contribuyente un plazo de quince días hábiles contados a partir de la última de las notificaciones antes efectuadas, para que realizaran las manifestaciones y aportaran las pruebas que consideraran pertinentes para desvirtuar los hechos dados a conocer mediante los citados oficio.

A continuación, en la siguiente tabla se enlistan los contribuyentes a los Anexo 1 del oficio número 500-05-2023-21260 de fecha 15 de septiembre de 2023, correspondiente a contribuyentes que NO aportaron argumentos y/o pruebas, motivo por el que se les notificó el oficio de presunción, motivo por el cual, se actualizó DEFINITIVAMENTE la situación a que se refiere el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

 Notificación del OFICIO DE PRESUNCIÓN conforme a los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en relación con el artículo 69 de su Reglamento.

Notificación del oficio de RESOLUCIÓN DEFINITIVA conforme al cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

Fuente: Diario Oficial de la Federación

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5710180&fecha=01/12/2023#gsc.tab=0

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