El pasado 3 de julio de 2026, el Servicio de Administración Tributaria publicó en el Diario Oficial de la Federación el Oficio 500-05-00-00-00-2026-16084, mediante el cual comunica el listado global definitivo de contribuyentes que emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, conforme al artículo 69-B, párrafos primero, tercero y cuarto, del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018. Tras habérseles notificado el oficio de presunción individual y otorgado un plazo de quince días hábiles para desvirtuar los hechos, dichos contribuyentes no se apersonaron ante la autoridad fiscal ni presentaron documentación alguna, por lo que las autoridades correspondientes emitieron las resoluciones definitivas que determinan la actualización definitiva de la hipótesis prevista en el citado artículo 69-B.

Una vez transcurridos los treinta días hábiles posteriores a la notificación de las resoluciones definitivas sin que se haya concedido resolución o sentencia favorable a los contribuyentes que ordene la suspensión o declare la nulidad o revocación del procedimiento, la Administración Central de Fiscalización Estratégica procede a publicar en el Diario Oficial de la Federación y en la página de internet del SAT el listado global definitivo de dichos contribuyentes, a efecto de que, con efectos generales, se considere que los comprobantes fiscales expedidos por ellos no producen ni produjeron efecto fiscal alguno, de conformidad con el quinto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018.

R.F.C. Nombre, denominación o razón
social del Contribuyente
Número y fecha
de oficio
individual de
presunción
Autoridad
emisora del oficio
individual de
presunción
Medio de notificación al contribuyente
Estrados de la autoridad Notificación personal Notificación por Buzón
Tributario
Fecha de fijación
en los estrados
de la Autoridad
Fiscal
Fecha en que
surtió efectos
la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en que
surtió efectos
la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en que
surtió efectos
la
notificación
1 CAR160229F29 CARYRA, S. DE R.L. DE C.V. // En
cumplimiento a la sentencia de
fecha 13 de agosto de 2024,
dictada por la Primera Sala
Regional del Noroeste I del
Tribunal Federal de Justicia
Administrativa, dentro del Juicio de
Nulidad número 3524/22-01-01- 9
500-10-00-06-01-
2017-47367 de
fecha 25 de
octubre de 2017
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Baja California “2”
14 de julio de 2025 13 de agosto
de 2025

 

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5792570&fecha=03/07/2026#gsc.tab=0

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