El día de hoy el Servicio de Administración Tributaria publicó en su página web oficial, la tercera versión anticipada de la Primera resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022, en la cual se realizan 3 modificaciones, a la regla 2.4.1., y a los anexos 2 y 22.

2.4.1. Autorización para el despacho en lugar distinto al autorizado

Se modifico el inciso f) del numeral II en el cual se sustituye la palabra “SAT” por “las autoridades aduaneras” como la que emite los “Lineamientos para las cámaras de circuito cerrado de televisión”.

El inciso h) del mismo numeral establece que la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control de la AGCTI, será la encargada de brindar la opinión técnica sobre el cumplimiento de las medidas de seguridad del programa para llevar controles volumétricos, así mismo. Tercera versión

Se establece además que la presente modificación a la regla 2.4.1. y exigencia de cumplimiento de lo establecido en la regla será a partir de 1 de marzo de 2022.

Fuente: Servicio de Administración Tributaria

https://www.sat.gob.mx/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1461175156479&ssbinary=true

 


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