Una decisión trascendental ha sido tomada en el ámbito del comercio internacional. La Secretaría de Economía ha concluido el proceso administrativo de examen de vigencia y revisión de oficio de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de tubería de acero al carbono y aleada con costura longitudinal de sección circular, cuadrada y rectangular originarias de la República Popular China, sin importar el país de procedencia.

Este proceso se inició con la Resolución final de una investigación antidumping el 8 de marzo de 2018, que llevó a la imposición de cuotas compensatorias a varias empresas chinas que exportaban este tipo de tubería a México. Estas cuotas se establecieron en diferentes montos por kilogramo, dependiendo del productor chino.

Sin embargo, con el tiempo, se abrió la posibilidad de revisar la vigencia de estas cuotas. En noviembre de 2022, se publicó un aviso informando a los productores nacionales y partes interesadas que las cuotas podrían eliminarse, a menos que se manifestara por escrito un interés en mantenerlas. Tres empresas nacionales, Forza SPL, Pytco y Tubería Laguna, expresaron su interés en iniciar este proceso de revisión.

Tras un minucioso análisis, la Secretaría de Economía ha determinado extender las cuotas compensatorias por cinco años más, a partir del 9 de marzo de 2023. Este dictamen tiene implicaciones significativas para el comercio de tubería de acero entre México y China, especialmente para importadores y productores nacionales.

Las fracciones arancelarias afectadas por esta resolución son las siguientes:

  • 19.99
  • 30.03
  • 30.04
  • 30.99
  • 61.01

La tubería de acero al carbono y aleada con costura longitudinal objeto de esta resolución es conocida por diversos nombres comerciales y se utiliza en una variedad de aplicaciones industriales. Actualmente, ingresa al mercado mexicano a través de varias fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

Es importante destacar que los importadores que deban pagar estas cuotas no estarán obligados a hacerlo si pueden demostrar que la mercancía no proviene de China. Esto se hará conforme a las normas establecidas para la determinación del país de origen de las mercancías importadas.

La Secretaría de Economía ha notificado esta resolución a todas las partes interesadas y ha comunicado la decisión a las autoridades aduaneras pertinentes para su aplicación efectiva. Esta resolución entra en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Fuente: Diario Oficial de la Federación

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5725051&fecha=30/04/2024#gsc.tab=0

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