El día de hoy, 10 de agosto de 2021, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicado en su portal oficial el Boletín 19, a través del cual en alcance al boletín P044 de fecha de 28 de noviembre de 2019, establece lo relativo a la entrada en vigor del pago de contribuciones a través del Depósito Referenciado de Comercio Exterior (DRCE), incluido el Pago Electrónico de Comercio Exterior (PECE) y las etapas a seguir durante la estabilización del servicio entre autoridades e instituciones de crédito. Depósito

Dicho boletín establece que para dar continuidad al despacho de mercancías y evitar afectar la operación cotidiana de las Aduanas, así como a las y los importadores y exportadores, en el caso de los contribuyentes que no recibieron la información del cobro por parte de la institución crediticia por el pago electrónico de comercio exterior por posibles intermitencias en el servicio, se procederá de la siguiente forma: Depósito

  • Las mercancías deberán ser presentadas ante el mecanismo de selección automatizada a través del documento DODA.
  • Contaran con la posibilidad de someterse al mecanismo automatizado sin la impresión de la información de pago.  

 

Para mercancías que sea imposible presentar ante el mecanismo de selección automatizada, se deberá presentar;  Depósito

  • El pedimento
  • Impresión de la verificación de pago realizado en los sistemas del SAT

 

Lo anterior puede ser realizado a través de: Depósito

  1. Consulta Pública a través del Portal de Servicios de Aduanas en el Módulo Único de Pagos Electrónicos Aduaneros (MUPEA), en la dirección electrónica;
    https://pccem.mat.sat.gob.mx/PTSC/cet/CstatusLC/faces/resources/pages/pagos/consultaStatusLC.jsf
  2. Lectura de estatus de pago obtenida de la lectura del QR impreso en el pedimento
  3. Sistema de Operación Integral Aduanera (SOIA)
  4. Consulta Remota de Pedimentos (CRP)

 

VIGENCIA

El presente procedimiento será vigente hasta que se establezca el sistema, y ​​que la autoridad informe a través de otro boletín el termino de vigencia de este procedimiento.

Fuente:

http://omawww.sat.gob.mx/aduanasPortal/Paginas/Documents/sala_prensa/boletin_tecnico/2021/julio/Boletin2021
_19.pdf

 


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