Solicitar una devolución de un saldo a favor, (IVA, ISR, etc.) cobra especial relevancia para las empresas, sin embargo, cada año las autoridades intensifican los requisitos a cumplir para acreditar la viabilidad de la solicitud y poder ser así susceptibles de recuperar esos recursos económicos. Por lo anterior, al momento de presentar las solicitudes de devolución de saldos a favor, se tiene que tener especial atención en ciertos puntos que la autoridad considera decisivos para poder acreditar las correspondientes solicitudes. Errores

El SAT cuenta con unas tablas en las cuales se puede observar la obligación a cumplir al momento de presentar con la solicitud de devolución, sin embargo, estas tablas no eximen a los contribuyentes de cometer errores al momento de solicitarla o contestar un requerimiento de la autoridad:

AL MOMENTO DE SOLICITARLA EN EL PORTAL DEL SAT

Obligación – Caratula Bancaria

Se debe adjuntar el encabezado de la cuenta bancaria donde sea posible observar que la cuenta se encuentra activa y a nombre del solicitante, la institución bancaria que lo emite, número de cuenta bancaria (CLABE); lo anterior, es con la finalidad de corroborar que la cuenta CLABE asentada en la FED se encuentra vigente y activa para que se realice el depósito correspondiente en caso de proceder la devolución de impuestos, asimismo, el estado de cuenta bancario debe tener una antigüedad no mayor a 2 meses (respecto a la fecha de presentación de la solicitud de devolución).

Error

De forma recurrente se presenta la omisión de presentar dicho documental o peor aún asentar en la FED una cuenta bancaria distinta o no activa, por lo que la autoridad fiscal se vería impedida para devolver el pago sin responsabilidad para ella.

Obligación – Determinación del saldo a favor

La correcta determinación de saldo a favor del Impuesto al Valor Agregado.

Error

En la determinación de saldo a favor del impuesto al valor agregado los contribuyentes no realizan el juego de las retenciones, es decir, sumar las retenciones de IVA del periodo inmediato anterior (Otras cantidades a favor) y restar las retenciones de IVA del periodo (Otras cantidades en contra) los cuales influyente de manera directa con la determinación del saldo a favor que en su caso se solicitaría en devolución.

Obligación – Presentación de la DIOT complementaria

Asimismo, otro error recurrente es que al presentar una declaración de impuestos complementaria con modificaciones en la acreditable no se presente la DIOT complementaria con los cambios realizados por proveedor y por tanto la autoridad fiscal detectaría que hay inconsistencias entre la información contenida en la declaración de impuestos y la DIOT.

Obligación – Llenado de los datos de la devolución

Cuando una persona moral solicita una devolución de saldos a favor, el sistema arroja el mensaje de que los datos de la solicitud no se encuentran precargados, por lo cual, ofrece la posibilidad de cargarlos de forma manual, solicitando en ese momento, datos sobre la declaración normal o complementaria, fecha de presentación, número de operación y monto de la misma, en el caso de haber realizado una declaración complementaria, el sistema solicitara ambos datos la normal y la complementaria.

Error

Otro de los errores recurrentes es que al momento de presentar la FED equivocan y confunden la información de la declaración normal con la información de las declaraciones complementarias, por lo que la autoridad requeriría aclaraciones al respecto.

Obligación – Estatus en el SAT “Domicilio Verificado”

Es importante señalar que el domicilio dado a conocer a la autoridad fiscal es verificado por personal del SAT de entre a 6 y 12 meses, obviamente presentándose en dichos domicilios. Obviamente en estos tiempos de pandemia el personal del SAT al verificar el domicilio fiscal puede entenderse con el personal de vigilancia, pero fuera de pandemia, es necesario que en el domicilio dado ante la autoridad fiscal debe encontrarse personal con la capacitación necesaria para dar respuestas que den certidumbre al verificador de que se encuentra en el domicilio del contribuyente visitado.

Error

Al momento de presentar la solicitud de devolución la autoridad fiscal al intentar verificar el domicilio en un inicio en las bases de datos internas, el mismo no se encuentra como localizado, está situación es suficiente para desistir sin emitir requerimiento. Si en las bases internas el domicilio del contribuyente se encuentra como localizado, aun así la autoridad puede realizar una visita de verificación del mismo, y en muchos casos los guardias no brindan la información necesaria para que el visitador de la autoridad emita en sentido positivo.

Obligación – Verificar que los estatus en MAT de los proveedores:

Al tratar con proveedores que nos prestan o proporcionan bienes o servicios antes de contratar los servicios tenemos la obligación de confirmar que cumplan con sus respectivas obligaciones fiscales y revisar sus estatus de cumplimiento en el SAT, esta información cobra relevancia en virtud de que al no cumplirse con lo anterior, la autoridad fiscal está facultada para requerir la materialidad de las operaciones llevadas a cabo.

No debemos perder de vista que las operaciones con los proveedores son parte de la determinación del saldo a favor que en su caso se solicitaría en devolución.

Error

Al no realizar dicha verificación de estatus de cumplimiento el contribuyente traería como consecuencia lógica un requerimiento por parte de la autoridad, así como una posible disminución con respecto de la cantidad solicitada por el contribuyente en caso de no contar con la materialidad de las operaciones llevadas a cabo con los proveedores de que se trate. Errores

 

AL MOMENTO DE RESPONDER UN REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN REFERENTE A LA DEVOLUCIÓN.

El contribuyente no debe perder de vista que la autoridad fiscal antes de emitir un requerimiento realiza consultas a los sistemas informáticos con que cuenta y de ahí es de donde parte que se lleven a cabo requerimientos de información y/o documentación. Por lo tanto, al estar al corriente en nuestras obligaciones fiscales, entre las que se encuentran las nombradas en esta nota, disminuiría en gran medida el volumen de los requerimientos de información y/o documentación, o llegar al punto de que no se lleve a cabo un requerimiento.

Requerimiento – Poderes del Representante Legal

La autoridad de no acreditar la personalidad del representante legal cuando se solicita la devolución, va a solicitar los documentos que acrediten lo anterior.

Error

Presentar documentación ilegible, que no acredite que el representante legal cuenta con las facultades suficientes para firmar los documentos necesarios.

Requerimiento – Contestar dentro del plazo establecido

Contestar el requerimiento vía portal del SAT, dentro en los 20 días hábiles de ser requerido, solventando cada uno de los puntos requeridos. Errores

Error

Computar mal los plazos de la autoridad, no tomando en cuenta el horario en cual se da por notificada la empresa, o los días considerados inhábiles en el CFF.

Requerimiento – Documentos firmados

La autoridad dependiendo de la solicitud, realiza solicitudes de integraciones del IVA de una de las tasas o la totalidad de las tasas (0, 8 y 16), en las cuales solicitan los archivos en Excel y su correspondiente archivo en formato PDF con la firma del Representante Legal. Errores

Error

Presentar el PDF sin la firma del representante legal, así como presentar incompleto el mismo, columnas faltantes, o datos incompletos, pueden generar en una negativa de la solicitud.

Requerimiento – Responder todos los incisos del requerimiento

Dependiendo de lo que la empresa haya adjunta de documentación soporte la autoridad, podrá realizar un requerimiento, ya sea por la información general para acreditar las operaciones que generan el saldo a favor, o en caso de haberlas presentado desde un inicio, la autoridad analizara a detalle la misma y puede solicitar información en especifico de ciertas operaciones que le generen dudas. Errores

Error

Presentar información incompleta, inconclusa sobre la solicitud, además es necesario ser especialmente cuidadoso de cubrir todos los puntos que sean solicitados en los incisos pertinentes, respetando el cumplir con lo estipulado en los mismos, muchas veces el contribuyente olvida cuando algo no le aplica, el presentar los escritos libres pertinentes para dar explicación a la autoridad de porque no les aplica el o los citados puntos.

Muchos son los errores que se pueden presentar al responder un requerimiento de información adicional por parte de la autoridad; sin embargo, nos concentramos en los más generales y recurrentes, mismos que en ocasiones los contribuyentes no les toman la suficiente importancia y dan como resultado un rechazo de la solicitud.

 

 

 


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