Estrategia de reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas
El pasado 14 de mayo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa y se establecen acciones extraordinarias, para el efecto.

A través del citado Acuerdo se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como establecer acciones extraordinarias.

La estrategia consistirá en la reapertura de actividades de una manera gradual, ordenada y cauta, considerando los siguientes principios rectores y etapas:

Principios Rectores
Privilegiar la salud y la vida. Economía moral y eficiencia productiva.
Solidaridad con todos y no discriminación. Responsabilidad compartida (pública, privada y social).

 

Antecedentes

En fecha 27 de marzo de 2020, se publicó en el DOF, Decreto por el que se declararon acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).
Consecuentemente el Gobierno Federal tomó las siguientes medidas preventivas para la mitigación y control de los riesgos:

  • En fecha 30 de marzo de 2020, el Consejo de Salubridad General publicó en el DOF el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19);
  • En fecha 31 de marzo se publicó en el DOF Acuerdo para establecer las acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, así como la suspensión inmediata de las actividades no esenciales del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, plazo que fue ampliado al 30 de mayo de 2020, por diverso publicado el 21 de abril de 2020;
  • Mismo Acuerdo de fecha 21 de abril de 2020, estableció que las acciones extraordinarias dejarán de implementarse a partir del 18 de mayo de 2020, en aquellos municipios del territorio nacional que a esa fecha presenten baja o nula transmisión del virus SARS-CoV2.

 

Estrategia de reapertura de actividades

Etapa 1.- Municipios de la Esperanza

Inicia el 18 de mayo del 2020, con la reapertura de las actividades en los municipios en que no se hubieran presentado casos de COVID-19 y que, además, no tengan vecindad con municipios con casos de COVID-19.

Estos 269 municipios, en 15 estados de la República, serán identificados como ¨Municipios de la Esperanza¨, y podrán reanudar las actividades escolares, la movilización en espacios públicos, cerrados o abiertos, así como las actividades laborales, esenciales y no esenciales. Deberán tener las siguientes características:

  • No se hubieran presentado casos de COVID-19; y
  • No tengan vecindad con municipios con casos de COVID-19

 

Etapa 2.- Preparación para reapertura general

Abarca del 18 al 31 de mayo del 2020, y consiste en llevar a cabo acciones de aplicación general tendientes a la preparación para la reapertura de las actividades en general, como son:

  • La elaboración de protocolos sanitarios para el reinicio seguro de actividades;
  • Capacitación de personal para seguridad en el ambiente laboral;
  • Readecuación de espacios y procesos productivos; y
  • La implementación de filtros de ingreso, sanitización e higiene del espacio laboral, entre otras que determine la Secretaría de Salud.

 

Etapa 3.- Semáforo semanal por regiones

Inicia el 1 de junio del 2020, conforme al sistema de semáforo por regiones para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas.

La estrategia del semáforo, establece mediante colores las medidas de seguridad sanitaria apropiadas para las actividades laborales, educativas y el uso del espacio público, entre otros.
Se presenta el siguiente cuadro con el protocolo de cuidado:

Conclusión

Los Municipios de la Esperanza, se darán a conocer por la Secretaría de Salud, a más tardar el 17 día de mayo del 2020, mediante un comunicado técnico que se publicará en la página www.salud.gob.mx

Por último, cabe indicar que el referido Acuerdo entrará en vigor el próximo 15 de mayo de 2020, de conformidad con su artículo Primero transitorio del mismo Acuerdo, y concluirá su vigencia hasta en tanto se declare terminada la contingencia que la originó.

Para mayor información se proporciona la liga siguiente del Acuerdo en la plataforma electrónica del DOF: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5593105&fecha=11/05/2020

 


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