El día 24 de mayo de 2021, la Unidad de Inteligencia Financiera adscrita a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, publica mediante el Diario Oficial de la Federación la Resolución que modifica la diversa por la que se expiden los formatos oficiales de los avisos e informes que deben presentar quienes realicen actividades vulnerables, la cual entrará en Vigor el 01 de septiembre del 2021.

Se ajustan algunos campos del Anexo 11 para integrar información especifica sobre los actos u operaciones realizados por los Outsourcing o servicios especializados que sean considerados como actividad vulnerable. Así como también se adicionan diversos campos como:

  1. Los campos relativos a identificar cuando una persona física que sea Cliente o Usuario de quien realiza la Actividad Vulnerable actúe a través de un apoderado legal.
  2. Los campos para precisar y reportar el tipo de activo virtual y la cantidad utilizada, por parte de las personas que realicen la Actividad Vulnerable.
  3. Los campos relativos a la sección Datos de la Operación Financiera.

 

ANEXO “11”

Fuente: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5619125&fecha=24/05/2021

 


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