El pasado 4 de mayo de 2026, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo firmó un decreto que promete simplificar radicalmente los tramites de quienes importan, exportan o prestan servicios al comercio exterior. Se trata del Decreto por el que se habilita la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior, publicado ese mismo día en el Diario Oficial de la Federación y que entró en vigor al día siguiente, el 5 de mayo.
La Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior será una plataforma digital que se convierte en el único medio para que las autoridades competentes reciban, gestionen y resuelvan todos los trámites relacionados con el comercio exterior.
La plataforma contará con la integración del Expediente Único de Comercio Exterior, que son un conjunto de documentos digitales asociados a cada persona física o moral y que las autoridades podrán utilizar para resolver solicitudes de trámites, servicios, autorizaciones y permisos. La encargada de administrar y operar esta ventanilla será la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), que hasta ahora ya venía trabajando en la modernización de los servicios digitales del gobierno federal.
Las Autoridades en materia de comercio exterior están obligadas a recibir y gestionar los trámites exclusivamente a través de esta ventanilla.
Estas autoridades iniciales son:
- La Secretaría de Economía,
- El Servicio de Administración Tributaria (SAT),
- La Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM).
Además, cualquier otra dependencia o entidad de la Administración Pública Federal que tenga que ver con comercio exterior también deberá integrarse a la plataforma y asegurar que sus sistemas se puedan intercomunicar entre sí.
¿Qué acciones se podrán realizar hacer en la Ventanilla?
- Solicitar trámites: Desde permisos de importación y exportación hasta autorizaciones y certificados que antes requerían ir de oficina en oficina.
- Consultar en tiempo real: Los usuarios podrán ver en cualquier momento en qué etapa va su trámite, sin tener que llamar por teléfono, enviar correos o ir personalmente a preguntar.
- Pagar electrónicamente: Las contribuciones causadas por operaciones de comercio exterior se podrán pagar directamente desde la plataforma.
- Recibir notificaciones oficiales: Requerimientos, resoluciones y demás actos administrativos llegarán directamente a la ventanilla.
Uno de los conceptos centrales del decreto es la interoperabilidad, que, si bien se percibe complejo, en la realidad significa que los sistemas de las diferentes dependencias del gobierno puedan compartir, intercambiar y utilizar información de manera coordinada, usando los mismos estándares y tecnologías. Lo anterior, significa que, si la Secretaría de Economía ya tiene en su expediente electrónico el acta constitutiva, el SAT no debería volverte a pedirla. Si la Aduanas ya tiene con el registro, la Secretaría de Economía debería poder consultarlo sin solicitarlo nuevamente. El decreto establece que las autoridades deberán adecuar sus sistemas, procesos y bases de datos para integrarse funcionalmente con la Ventanilla y evitar la duplicidad de requisitos.
La trazabilidad es otro punto clave, cada trámite dejará un rastro digital, los usuarios podrán saber en todo momento quién lo recibió, cuándo, en qué etapa va, quién lo está revisando y cuándo se resolvió.
Para utilizar la plataforma, las personas interesadas deberán cumplir con dos requisitos básicos:
- Estar inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
- Contar con su e.firma (firma electrónica avanzada) vigente, emitida por el SAT
Una vez dentro, los usuarios tendrán obligaciones claras, proporcionar información completa, legible, veraz y actualizada; usar la plataforma exclusivamente para los fines autorizados; mantener actualizados sus datos de contacto y representación legal; y colaborar con las autoridades en los procesos de validación y verificación.
El decreto establece la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM), que hasta ahora era administrada por el SAT. El decreto establece que esta plataforma será transferida a la ATDT en los plazos que ambas autoridades determinen.
Los trámites que ya estaban iniciados o pendientes en la VUCEM no se pierden: deberán desahogarse a través de la nueva Ventanilla Única, conforme a las disposiciones vigentes al momento en que se presentaron.
La ATDT tiene 15 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor del decreto, para habilitar la Ventanilla Única para la recepción de trámites.
Es importante delimitar que el decreto se enfoca exclusivamente en los trámites en materia de comercio exterior a cargo de la Secretaría de Economía, el SAT y la ANAM, por lo que no reemplaza otros sistemas ni ventanillas que existan para otros fines.
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Fuente: Diario Oficial de la Federación
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5786598&fecha=04/05/2026#gsc.tab=0
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