El día 31 de agosto de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la TERCERA Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015,  en la cual  en su artículo TERCERO, establece que los elementos que el importador debe proporcionar anexos a la manifestación de valor, de conformidad con el artículo 81 del Reglamento de la Ley Aduanera vigente, serán exigibles a partir del 15 de enero de 2016. No obstante lo anterior, nuestra recomendación es continuar implementando los nuevos procedimientos y mecanismos internos en su empresa a fin de soportar adecuadamente las manifestaciones de valor con todos los elementos que el referido artículo exige.
Nuestra área especializada en Logística y Comercio Exterior, estará al pendiente de sus dudas o comentarios.
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