Para los efectos del artículo 27, apartados A, fracción II y B fracción VI del CFF, las personas morales deberán presentar un aviso ante el Registro Federal de Contribuyentes en el cual deberán de informar el nombre y la clave del RFC de los socios o accionistas cada vez que se realice una modificación o incorporación, en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria y dentro de los 30 días hábiles siguientes a aquel en que se realicen las modificaciones correspondiente, de conformidad con la regla 2.4.19 de la RMF.

Al respecto, el artículo transitorio 53 de la RMF publicado el 29 de diciembre del 2020 señala que: 

“…los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2020 no hayan presentado el aviso en comento, estando obligados a ello, podrán hacerlo por única ocasión a más tardar el 31 de marzo del 2021. Asimismo, se establece que los contribuyentes que tuvieran que presentarlo durante el primer semestre del año en curso, podrán hacerlo a más tardar el 30 de septiembre del 2021.”

En el caso que los socios o accionistas de las personas morales sean residentes en el extranjero y no se cuente con Registro Federal de Contribuyente (RFC), el aviso de actualización de socios o accionistas deberá presentarse utilizando los RFC genérico, EXT990101XXX para personas morales y EXTF900101XXX seguido de los tres dígitos de la homoclave los cuales deberán ir desde “000” hasta “999” de forma consecutiva, posteriormente se deberá capturar el nombre, apellido paterno, apellido materno o denominación o razón social, según corresponda para personas físicas.

Socios en el extranjero sin RFC

 

Si bien cuando las empresas cuentan con socios y/o accionistas residentes en el extranjero, éstos deben de registrarse ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). En caso de que los socios y/o accionistas extranjeros opten por no hacerlo, no están obligados a solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, siempre que la persona moral o el asociante presenten ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Relación de Socios, Accionistas o Asociados residentes en el extranjero, también conocida como Forma Oficial 96.

Forma Oficial 96

 

En cumplimiento al último párrafo del apartado A del artículo 27 del Código Federal de la Federación, las personas morales o el asociantes residentes en México, deberán de presentar ante las autoridades fiscales dentro de los tres primeros meses siguientes al cierre de cada ejercicio, el decir a más tardar el último día hábil del mes de marzo una relación de los socios, accionistas o asociados, residentes en el extranjero, en la que se indique el domicilio, residencia fiscal y número de identificación fiscal, conforme al Trámite 139/CFF, del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal

Presentación de la Forma Oficial 96 

 

La relación de socios y accionistas en el extranjero se presenta por Internet a través de Mi Portal en la página del SAT, siguiendo estos pasos:

  1. Se descarga del portal de SAT el formato oficial 96 en Excel y captura la relación de socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero y guardando en un archivo comprimido ‘.zip’ el documento de Excel. (Se anexa imagen del formato) 
  2. Se ingresa a la sección Mi portal con la clave de RFC y CIEC.
  3. Se abre un caso de servicio o solicitud 
    • En el formulario se deberá de captura la información:
      • Trámite
      • Dirigido a
      • Asunto
      • Descripción
    • Adjuntando el archivo .zip que contiene la Forma Oficial 96 capturada.
    • Una vez presentado se obtén tu acuse de recibo con número de folio.

El aviso sólo se considerará recibido si se presentó correctamente la información, en caso contrario este tendrá un estatus de rechazado.

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