El día de hoy el Servicio de Administración Tributaria publico en el portal de versiones anticipadas la Séptima Versión Anticipada de la Octava Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 y Anexos 1 Y 1-A, la única modificación o adición con respecto a la sexta versión anticipada, corresponde a los días inhábiles para este fin de año, para lo cual se modifico la regla 2.1.6. Días Inhábiles, quedando de la forma siguiente:

Días Inhábiles

1.- Del 18 de diciembre al 2 de enero de 2024

2.- En los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuya de Benítez derivado de los estragos generados por el huracán Otis serán considerados como inhábiles del 25 de octubre al 17 de noviembre de 2023.

Fuente: Portal del SAT

https://www.sat.gob.mx/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1461175773898&ssbinary=true

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